Mi madre viuda tiene en propiedad una vivienda, siendo mi hermano el que firmo el contrato de alquiler, yo he cobrado alguna vez en mano las rentas y se las he dado a mi madre,ahora que hace 5 meses que no paga el arrendatario, quien es que debe demandar por desahucio?
Efectivamente, yo soy un poco conocedora de la materia legal, y quisiera, ya que estoy empezando a ejercer si me podeis echar un cable, no se si debe comparecer como demandante mi madre o mi hermano como firmante del contrato
¿En el contrato consta, que tu hermano actuaba en representacion de tu madre, o asumio el sin mas la figura de arrendador?.
¿Quien ha firmado los recibos mensuales de alquiler?.
Entiendo q es la propietaria quien debe iniciar las acciones legales q estime, en su propio nombre, pues el hijo ha actuado por medio de mandato tácito, susceptible de ratificación posterior.
El arrendador es tu hermano por lo que deberia se tu hermano, ademas el derecho de arriendo de tu hermano no se veria perjudicado por el derecho de propiedad de tu madre, son cosas distintas ( el arrendador no tiene porque ser propietario) . En todo caso podrías asegurar la legitimación de tu hermano con la testifical de tu madre.
Igualmente podría actuar como actora tu madre, ya que tu hermano pudo haber actuado como mandatario verbal de tu madre.
Hola sonia
ha de ser tu hermano, es el único legitimado para desahuciar, al figurar como arrendador en el contrato. El incumplimiento de una parte sólo puede denunciarse por la otra parte.
Hola Sonia.Para poder responder a tu pregunta es necesario que indiques si tu hermano es mandatario de tu madre o usufructurio de la vivienda y si ello consta en el contrato.
Si no ostentare ningún titulo o derecho tu hermano sería un Arrendador aparente,es decir quien arrienda una cosa ajena sin estar facultado para ello y en consecuencia carece de titularidad para arrendar. Así, el contrato carecería absolutamente de validez si posteriormente el verdadero propietario no ratificase el contrato o bien el que arrendó la cosa ajena no llegase posteriormente a adquirir la finca.