Trato de determinar si realmente se condena por un delito de falsedad documental -han copado la firma de una persona con un fin lucrativo para perjudicar a terceros- al que han usado la firma ¿que indemnización le puee corresponder? ¿Como se valora?
En general en el orden penal vd. pide lo que cree corresponderle, pero será el juez el que finalmente la fije en la cuantía que considere. Su señoría/s valoran en conciencia, según su libre albedrío sin obligación alguna de ajustarse a ninguna escala o valoración predeterminada. Evidentemente si vd. al final considera que tiene derecho a más podrá recurrir la decisión del juez o tribunal, la cual siempre deberá ser motivada.
Salvo mejor opinión.