Tecnicamente, es posible tener el usufructo del 50% de un bien, o si se tiene el usufructo es respecto del 100% del bien?
Es decir, puede haber fracciones del usufructo?
Si un piso tiene el 40% del usufructo, que significa eso? el comprador podrá vivir en él?
Y si tiene el 1% del usufructo, ¿tampoco podrá vivir?
Se puede tener cualquier porcentaje de usufructo, igual que se puede tener cualquier porcentaje de nuda propiedad. Otra cosa es que interese mantenerlos y/o asignarlos así en el reparto de la herencia.
Si varias personas tienen el usufructo de un bien (solo el usufructo, o la parte que se tenga en pleno dominio) tendrán derecho a la parte proporcional de las rentas que genere o a la utilización compartida del bien como en una comunidad de bienes.
Y en una comunidad de bienes si alguien tiene por ejemplo el 99% y otro el 1% (o el porcentaje que sea), todos pueden hacer uso no exclusivo del bien (pueden vivir si es una vivienda, siempre que dejen utilizarla al resto), pueden decidir alquilar el bien si tienen más del 50%, y en caso de generar rentas por alquiler o lo que sea, el reparto será proporcional a la cuota de cada uno. Los gastos también serán proporcionales a la cuota.
Pues en caso de usufructo compartido, lo mismo.
Que toda la herencia está afecta al usufructo significa que el usufructo afecta al conjunto de la masa hereditaria por completo.
Si el usufructo es universal el usufructuario lo será de todos los bienes de la herencia al 100%. Si lo es del 33%, por ejemplo, lo será de los bienes que representen el 33% de la masa hereditaria. Puede ser el 100% sobre un bien que suponga un tercio del valor de la herencia, o un 33% sobre todos los bienes, o de la forma que sea que dé ese porcentaje.
paquito,eres abogado? creo que me dijiste que NO. o que no eres valenciano pero si abogado.
E importante,tengo un asunto importante,por supuesto que pagaré.
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