Buenos días, para un procedimiento judicial necesitamos valorar qué tiene más peso para reclamar la propiedad de bienes inmuebles.
Se tratan de unas fincas rústicas, huerta de cultivo, que pertenecían a los padres de mi cliente antes de que fallecieran.
El caso es que podemos acreditar la propiedad de mi cliente por vía de la usucapión porque ha poseído de manera pública y pacífica los inmuebles por más de treinta años. Concretamente, mi cliente tomó las riendas de las fincas cuando su padre estaba enfermo.
Posteriormente el padre de mi cliente falleció y pasó a ser titularidad de su madre, pero igualmente seguía poseyendo mi cliente.
Y fallecida la madre de mi cliente existía un testamento que rezaba que se repartieran los bienes a partes iguales entre mi cliente y un hermano. A este tenor mi cliente otorgó escritura de herencia en su nombre y representación de su hermano (que luego ratificó) según la cual las tierras quedaban a nombre de su hermano.
El caso es que en esa escritura de herencia se falseó completamente el reparto y en cualquier caso hasta la actualidad mi cliente sigue poseyendo las tierras como al principio.
Los 30 años de la usucapión se han cumplido con posterioridad al otorgamiento del testamento de la causante.
Siento tanta explicación, mi pregunta es: En esta situación ¿qué tiene validez? ¿La usucapión o el testamento?
Yo es que no creo que haya usucapión posible, siendo una posesión en precario permitida por los padres. Que tu padre te deje vivir en una vivienda o cultivar un campo suyo aunque sea durante 40 años no supone ningún derecho a adquirir esa propiedad por usucapión. Falta el justo título.
Tiene razón Paquito, compañero. En primer lugar, la usucapión es un derecho que hay que ejercer ante los tribunales, pero no es un título en sí. En segundo lugar, no ha transcurrido ni un solo día en favor de la prescripción por las razones que dice el meritado Paquito. En tercer lugar, parece desprenderse de tu relato que había una titularidad inscrita del inmueble, con lo que, si es el caso, estarías ante un trabajador de la tierra que por mera tolerancia usa la finca. Por lo tanto, ve a las escrituras, las más importante de las cuales es el testamento.
Entiendo que no existe posible usucapión toda vez que existe un testamento, es decir una voluntad del dueño de la finca. No existe una dejadez o displicencia que permita usucapir unas tierras. De no existir ese mencionado título otra seria la materia a dilucidar. Sin perjuicio de mejor criterio.