Es que no hay deudas asignadas a herederos,antes del inventario, ya que la partición de la herencia se efectúa tras la comprobación o inventario de la masa hereditaria TOTAL, antes del reparto.
El inventario de la herencia se efectúa con activo y pasivo en su totalidad, bien mediante acuerdo previo de todos los herederos, bien mediante albacea, si asi se dispuso, bien mediante contencioso, en que intervendrán censores, de cuentas, peritos, abogados, etc.
La posición de uno de los herederos a la renuncia a "beneficio de inventario", es una ventaja precautoria, que concede la ley.
Garcias Vio, pero no me queda clara mi duda. Sí entiendo lo que significa "a beneficio de inventario", pero..... al tener la herencia saldo negativo, es decir, que el pasivo supera el activo, si uno de los herederos acepta la herencia “a beneficio de inventario”, ¿quién hace frente a esas deudas de ese heredero? (hipoteca, tarjeta bancaria o préstamo personal)
Gracias, pero.... Que pasa con las deudas que corresponden a esa persona que acepta "a beneficio de inventario? Se quedan sin pagar o hacen frente las otras partes herederas que sí aceptan la herencia pura?
La aceptación a beneficio de inventario es una salida que la Ley concede, como derecho, a la responsabilidad del presunto heredero, en ese momento.
La no aceptación o renuncia total a la herencia es otra salida, de escape total.
Pero algún heredero, que no haya hecho uso de esos derechos, puede encontrarse con el segundo "muerto" de las deudas.
Qué pasa con el pasivo en caso de "aceptación a beneficio de inventario"?
Hola. En una herencia el pasivo supera el activo, es decir, quedan deudas. Si uno de los herederos acepta la herencia “a beneficio de inventario”, ¿tiene que pagar su parte de las deudas? En caso de que no tenga que pagarlas, ¿quién hace frente a esas deudas?