En todo caso, tu problema es que no recibes las notificaciones del Juzgado, por lo que deberás personarte e informarte sobre el estado de las actuaciones. Y efectivamente, en todo caso puedes solicitar diligencias para la averiguación patrimonial del ejecutado.
Los bienes no los ejecutaste (supongo) habrás solicitado su embargo, que no es lo mismo. Fueron embargados? Qué eran? Dependiendo del bien, si se decretó el embargo debiste pedir su realización.
En cualquier caso, sí, puedes pedir la averiguación patrimonial siempre que quieras, pero si concoces algún dato concreto mejor (banco, empresa en la que trabaje, etc)
Cuando me notificaron la sentencia me informaron tambien de oficio de los bienes del deudor. Ejecute esos bienes.
Lo que no sé es si puedo presentar otro escrito solicitando de nuevo averiguacion patrimonial. Si fuera así, supongo que será el mismo escrito que una averiguacion normal.
Efectivamente se ha hecho sin abogado por no ser preceptiva.
Gracias
Entiendo que solicitaste la ejecución de un Auto o Sentencia. Pero no se extrae de tu comentario si lo hiciste con abogado y procurador o si la ejecución proviene de un monitorio de cuantía inferior a 2000 € que presentaste por tu cuenta.
Supongo que por tu comentario fue el segundo caso. Te recomiendo que te acerques al Juzgado a preguntar por tu procedimiento, o prueba llamando por teléfono, a ver si obtienes la información.
(Si fuera el primer caso, te diría que llamaras a tu abogado, y si eres abogada, deberás llamar al procurador).