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Punto de suministro en transformador de compañía eléctrica.

2 Comentarios
 
30/03/2022 09:26
Por otra parte, si el CT está cedido a la empresa eléctrica, hay que leer si el acuerdo de cesión establecía compensaciones futuras para el que construyó el CT a cargo de quienes quieran engancharse.
29/03/2022 22:59
La normativa de aplicación es:

El Real Decreto 1955/2000, del 1 de diciembre de 2000, por el que se regulan las
Actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos
de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica, y el Real Decreto 222/2008, de 15
de febrero, por el que se establece el régimen retributivo de la actividad de distribución de
energía eléctrica. Y los Reales Decretos RD 223/2008 de 15 de febrero, RD 3275/1982 de 22 de
febrero y RD 842/2002 de 2 de agosto de 2002, por los que se aprueban los Reglamentos
de instalaciones de alta tensión y baja tensión.

Y si, el dueño del Centro de Tranformación puede cobrarle por engancharse.

Pero quien quiera cobrarle deberá acreditar documentalmente que es efectivamente el dueño del CT.
Punto de suministro en transformador de compañía eléctrica.
24/03/2022 21:20
Hola os cuento el tema gracias a todos por este foro. ... En parcelas de terreno rustico llevamos desde 2011 con punto de suministro en transformador y los contadores estan situados en n el recinto del transformador un vecino dice que ellos hicieron el centro de transformación y que son los copropietarios del mismo y hemos enganchado sin su permiso , ellos lo hicieron hace 20 años y cedieron las instalaciones a la compañía , nosotros tenemos todos nuestros papeles , boletín de enganche , proyecto técnico y nos esta facturando la compañia desde 2011, es mas cuando solicitamos el enganche la compañía nos obligo a hormigonar el suelo del emplazamiento meter conductos y hacer unas arquetas en las puertas del transformador para entrar con los cables . El emplazamiento del transformador tiene dos puertas una para la torre con el trafo y otra para contadores con una separación entre ambos . Los supuestos copropietarios dicen que tenemos que desmantelar los contadores por que hemos enganchado sin su permiso y ke hemos puesto las arquetas en su propiedad . Las arquetas estan situadas entre el camino público y emplazamiento del transformador que esta a unos 50cm entre ellos , ¿Tienen razon estos señores, donde podemos solicitar información del transformador , como proyecto y cosas asi ?