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Punto de suministro en transformador de compañía eléctrica.

2 Comentarios
 
Punto de suministro en transformador de compañía eléctrica.
24/03/2022 21:20
Hola os cuento el tema gracias a todos por este foro. ... En parcelas de terreno rustico llevamos desde 2011 con punto de suministro en transformador y los contadores estan situados en n el recinto del transformador un vecino dice que ellos hicieron el centro de transformación y que son los copropietarios del mismo y hemos enganchado sin su permiso , ellos lo hicieron hace 20 años y cedieron las instalaciones a la compañía , nosotros tenemos todos nuestros papeles , boletín de enganche , proyecto técnico y nos esta facturando la compañia desde 2011, es mas cuando solicitamos el enganche la compañía nos obligo a hormigonar el suelo del emplazamiento meter conductos y hacer unas arquetas en las puertas del transformador para entrar con los cables . El emplazamiento del transformador tiene dos puertas una para la torre con el trafo y otra para contadores con una separación entre ambos . Los supuestos copropietarios dicen que tenemos que desmantelar los contadores por que hemos enganchado sin su permiso y ke hemos puesto las arquetas en su propiedad . Las arquetas estan situadas entre el camino público y emplazamiento del transformador que esta a unos 50cm entre ellos , ¿Tienen razon estos señores, donde podemos solicitar información del transformador , como proyecto y cosas asi ?
29/03/2022 22:59
La normativa de aplicación es:

El Real Decreto 1955/2000, del 1 de diciembre de 2000, por el que se regulan las
Actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos
de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica, y el Real Decreto 222/2008, de 15
de febrero, por el que se establece el régimen retributivo de la actividad de distribución de
energía eléctrica. Y los Reales Decretos RD 223/2008 de 15 de febrero, RD 3275/1982 de 22 de
febrero y RD 842/2002 de 2 de agosto de 2002, por los que se aprueban los Reglamentos
de instalaciones de alta tensión y baja tensión.

Y si, el dueño del Centro de Tranformación puede cobrarle por engancharse.

Pero quien quiera cobrarle deberá acreditar documentalmente que es efectivamente el dueño del CT.
30/03/2022 09:26
Por otra parte, si el CT está cedido a la empresa eléctrica, hay que leer si el acuerdo de cesión establecía compensaciones futuras para el que construyó el CT a cargo de quienes quieran engancharse.