Pues querria saber si mi padre al estar divorciado de su primera mujer y no tener contacto alguno con sus otras 2 hijas en 30 años. Podrían reclamar algo éstas en caso de su fallecimiento? El tiene un piso con mi madre en el que está a nombre de los dos. Que se tendría que hacer para que quedaran sus vienes para mi madre y posteriormente para mí?
Sus hermanas tienen exactamente los mismos derechos hereditarios que usted, y debe respetarse su porción legítima, que es del 11% para cada una de ellas, de lo que deje su padre. Menos de eso no puede rebajarlo, porque esas mujeres son sus hijas. Si su padre las deshereda o no las menciona en el testamento, podría dejar tras sí un sinnúmero de pleitos para su madre y para usted.
No tener relación no es motivo de desheredación (se puede desheredar a un hijo si te intenta matar, te denuncia falsamente o algo así, no por no tener relación). Ese 11% tiene que dejarlo como mínimo a sus hijas, sí o sí. Lo mejor que puede hacer es otorgar a la cónyuge el usufructo universal, instituirte a ti como heredero universal, dejar a estas hijas la legítima estricta y establecer que el pago podrá conmutarse. Cuando fallezca les dais el mínimo de dinero que les corresponda (un 22%; un 11% de la masa hereditaria a cada una) y adiós muy buenas. Si es lo que quiere hacer su padre, claro, que es el único legitimado para decidir esto.