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¿Puede el vicepresidente convocar reunión extraordinaria?

2 Comentarios
 
¿puede el vicepresidente convocar reunión extraordinaria?
24/07/2006 18:34
En la finca donde vivo es preciso hacer una reunión extraordinaria para tratar el tema de cuatro morosos, entre ello el presidente. La deuda asciende a 10000€ por obras estructurales que se han realizado y que actualmente están paradas debido a este problema. El presidente no se ha hecho responsable de nada y además no vive en la finca. ¿Es posible que la vicepresidenta pueda convocar reunión extraordinaria?
Gracias por adelantado.
24/07/2006 20:36
No. Sólo lo podría hacer si el presidente no pudiera ejercer la presidencia por enfermedad o un problema inexcusable.

Los propietarios pueden convocar una reunión extraordinaria cuando lo pidan el 25% de propietarios y coeficientes.
25/07/2006 14:41
El Vicepresidente, si puede convocar Junta General Extraordinaria de Propietarios, en caso de ausencia del Presidente y necesidad imperiosa de tratar temas de suma necesida o urgencia.

Asi lo establece el apartado 4 del artículo 13 de la L.P.H., otra cosa es que el Presidente no quiera, estando presente y operativo, convocar dicha Junta en cuyo caso habría que ir a los establecidos en el apartado 1 del artículo 16 del la L.P.H., es decir el 25% de los propietarios que a su vez sumen el 25% o más de las cuotas de participación o coeficientes.

Contestación realizada por gentileza de www.movilgestion.es