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¿Puede el presidente delegar en su cónyuge?

8 Comentarios
 
¿puede el presidente delegar en su cónyuge?
20/08/2018 16:26
Si el presidente no puede asistir a la junta, puede delegar en su cónyuge?
20/08/2018 17:32
Annehathaway
el presidente puede delegar en su cónyuge la asistencia a la junta para el momento de votar o asistir a la comunidad, pero no puede delegar su cargo de presidente, dado que no se elige a la propiedad sino al representante de la misma.
20/08/2018 19:35
Victor24
Gracias Victor24. Si el piso está a nombre de uno de los cónyuges, ¿puede el otro cónyuge ser elegido como presidente de la comunidad de vecinos?
20/08/2018 19:36
Annehathaway
En una vivienda propiedad de un matrimonio, que compraron en régimen de gananciales, ¿quién de los dos puede actuar como presidente?.
20/08/2018 20:59
Virginia541
en el momento de la realizar una junta, se decido que la propiedad va a ser sobre la que ostenta el cargo de presidente y en caso de ser una vivienda en bienes gananciales y de varios propietarios, se elije quien de esos propietarios va a representar la vivienda en régimen de presidente, esa persona se incluye en acta y ese es el presidente/a de la comunidad poniéndose como autorizado en el banco y teniendo que firmar los documentos necesarios.

en caso de que esa persona no este presente, se recurrirá al vicepresidente en caso de que esta figura se haya registrado en acta (yo siempre la recomiendo, dado que el presidente puede salir de viaje etc etc), el cargo de presidente, pese a ser propietario de la vivienda no puede cederse, pongamos por ejemplo, que se tiene que realizar un pago y firmar un cheque, el marido de la presidenta no podrá firmar el cheque dado que no esta autorizado en el banco pese a que sea propietario también de la vivienda,
21/08/2018 14:21
Annehathaway
Si el piso está a nombre de uno de los cónyuges, ¿puede el otro cónyuge ser elegido como presidente de la comunidad de vecinos?

RESPUESTA.- NO.


En una vivienda propiedad de un matrimonio, que compraron en régimen de gananciales, ¿quién de los dos puede actuar como presidente?

RESPUESTA.- El que sea designado por la Junta de Propietarios. En este sentido, cualquiera de los dos es elegible.
21/08/2018 16:47
Annehathaway
¿El que sea designado por la Junta de Propietarios?.
¿Quien es la Junta de Propietarios, para decidir, quien de los dos es el presidente?.
Deberán ser entre los dos, los que decidan quién se presenta como presidente.
21/08/2018 19:31
Virginia541
día 20
En una vivienda propiedad de un matrimonio, que compraron en régimen de gananciales, ¿quién de los dos puede actuar como presidente?.
día 21
Deberán ser entre los dos, los que decidan quién se presenta como presidente
ella pregunta, ella se responde
No la entenderé nunca
22/08/2018 09:13
Annehathaway
creo que le estamos dando demasiadas vueltas. la pregunta es ¿puede delegarse el voto de presidente? la respuesta es NO.

Si la propiedad es de ambos, se elegirá a uno de los dos, estamos todos de acuerdo con eso (pero no es la pregunta) una vez que elija al presidente/a de la comunidad, el cargo no puede ser cedido a ningún propietario/familiar.