Hola el juzgado nos requiere para que digamos si elegimos nosotros notario para protocolizar las operaciones particionales de una división judicial de herencia en la que no ha habido oposición o si bien lo designan ellos ¿en caso de que decidamos elegirlo nosotros tendríamos que ir luego a la notaría o cómo se hace? Gracias.
Tanto en el caso de que lo designe la parte requerida (vosotros) como si lo hace el Juzgado, tenéis que ir al notario con el auto para que cada cual se lleve la escritura y pueda inscribir por separado los derechos reconocidos en el mismo, por lo que se os sugiere que designéis notario de vuestra confianza y cumpláis el trámite.