buenas tardes, soy un vecino de una comunidad donde el administrador nos ha cobrado por sorpresa 150 euros en concepto de proteccion de datos, aparte de ser inmoral, quisiera saber si es legal cobrarnos eso, y tambien que puedo hacer en contra de ese cobro sin llegar a los tribunales. gracias de antemano
No es legal. Ese u otros conceptos debe ser aprobados en Junta.
Solución: no pagar o retenerlo en el proximo pago.
El Adminisrtador no puede reclamarlo más que a traves de la Comunidad.
Una pregunta que he hecho en estos foros y otros y siempre sin respuesta, me suponía que, entre otras causas, por lo tanto que algunos administradores han cacareado tanto, tenía que venir necesariamente una formula para modificar sus emolumentos. La nueva normativa, no se si ley, tiene por objeto de responsabilizar a los responsables de una comunidad, en principio en la figura del presidente de posibles usos indebidos sobre los inelanienables derechos de los propietarios en materia de uso en el tratamiento y uso de sus datos personales; esta es una responsabilidad que se han quitado de encima algunos desaprensivos administradores a quienes no se puede culpar del uso indebido de datos personales si no se pacta, pues ellos se consideran desde ahora SIMPLEMENTE ADMINISTRATIVOS; el hecho de que la comunidad confiera esa responsabilidad a los administradores debe de tratarse y aprobarse en Junta y en su caso estableciendo un contrato o aditamiento al principal en el que expresamente se compromete a responsabilizarse de esta disposición y con el precio que se acepte. Pero a pesar de todo. El trámite es una gestión que en principio se limita a remitir a un departamento oficial de una lista de propietarios con datos que fija la ley y que, ----sin duda--- servirá también para otras cosas..... Para mi, 150 euros es un atropello, !corten!
Todo aquel que, por las circunstancias que sean tiene en su poder datos de terceros, está obligado a mantener la confidencialidad de los mismos. Sea administraidor, o perico de los palotes.
Estén en papel o en albal.
La divulgación d edatos por parte de un contratado por la comunidad se llama deslealtad.
Suficiente para rescindir el contrato y demandarle.
Aparte d elas consideraciones penales.
el caso es que ya nos lo ha cobrado, la semana que viene tenemos junta, y no se como enfocar el tema, pues el resto de propietarios supongo que ni se molestaran en comentarlo
De todas las maneras, si ud axiste, haga uso de su turno de intervención, tome la plabra y explique que eso podría constituir una chorizada. Y pida el cese del administrador en el punto de "Renovación d ecargos", ya que es uno d elos cargos. Pida que en la votación de ese punto no esté presente el interfecto.
el caso es que ya nos lo ha cobrado, la semana que viene tenemos junta, y no se como enfocar el tema, pues el resto de propietarios supongo que ni se molestaran en comentarlo
Bartolo, se puede cobrar el servicio, pues es uno de los muchos que ofrece el administrador a la comunidad, el enviar los ficheros a la agencia de protección de datos, cubriendo unos documentos que se adjuntan con los ficheros.
Otra cosa es que no se lo haya comentado a la comunidad, que seguramente se lo habrá comunicado al Presidente.
Pero de todos modos lease el articulo que viene en http://www.valcap.es/publish/viewfull.cfm?ObjectID=1209
de
Efrén Santos Pascual
Abogado de Nuevas Tecnologías.
Máster en Derecho de las Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías de la Información.
Por cierto hay abogados que se dedican a este cometido, pregunte en un despacho cuanto le cobrarían por ese servicio. y despues compare si su administrador les ha cobrado poco o mucho
Como bien ya ha dicho alguno, esto se trata de una chorizada.
El administrador, que es un empleado de la comunidad, no tiene por que facilitar los datos personales de los propietarios bajo ningun concepto a no ser que cuente con el permiso expreso de estos. Ademas, es un derecho tipificado por ley el oponerse a la cesion por parte de terceros de los datos personales de una persona y simplemente hay que solicitarlo por escrito.
Este tipo de cosas son las que hacen que la figura del administrador tenga tan mala imagen en este pais.
Cuando se contrata un administrador profesional, el contrato debe reflejar perfectamente lo que se incluye, y lo que no. Eso es tarea de la Junta. Si la Junta no ha negociado bién, evidentemente el administrador se aprovechará de esta circunstancia.
Si, como dice Justo, lo de la protección de datos nace de un acuerdo, se pagará según coeficiente. Si no nace de un acuerdo, tendrá que cobrárselo propietario a propietario, y si los hay que se niegan, ya me gustaría ver lo que hace entonces el ínclito administrador.
Ley de protección de datos obliga a que se comunique a la agencia de protección de datos todos los ficheros automatizados que contenga datos de caracter personal y la sanción puede ser hasta 600.000 euros por no comunicarselo a la agencia.
El importe de los honorarios puede ser desde 400 euros hasta tres ficheros, propietarios y nominas de los trabajadores y proveedores. y a partir de cada fichero más son 70 euros.
info@protecciondedatos.org es una empresa de las muchas que hay en el mercado. ellos te podran dar mas información
En el caso que nos expone Bartolo, el administrador ha actuado como un auténtico chorizo si esos honorarios no se incluían en el contrato o no fueron aprobados por la Junta. Lo que tenía que haber hecho un administrador honrado es advertir de la circunstancia al presidente, y pasarle presupuesto, para que convocara a la Junta para decidir en este caso.
Qué pocos administradores honrados conocemos los propietarios.
Antes de contestar, creo que se debería saber bien a qué se contesta, porque habéis repetido varias veces lo de "divulgación de datos sin consentimiento" y precisamente estamos hablando de lo contrario, de una protección de datos que exige la ley y que, además, por ello se cobra.
Otro tema es que debería haber sido aprobado en junta, que a lo mejor lo ha sido y no se han enterado, que de todo hay.
Por cierto, es obligatorio, aunque la mayoría lo desconocen o lo omiten, después viene las sanciones y el pago de multas grandes, además de tener que pagar igualmente por ese servicio.
"el administrador nos ha cobrado por sorpresa 150 euros en concepto de proteccion de datos"
Por lo que nos cuenta bartolo, nadie lo sabía en la comunidad, Almazán. Así es que debemos partir de ese supuesto, y no de otros.
Y en cuanto a lo de pagar, ya he dicho que eso se puede negociar en el contrato del administrador, pero el cuco del administrador no suele decir ni pío, con lo que deja bién a las claras cuales son las tres cosas que busca: dinero, dinero, y más dinero.
Que para él sea por sorpresa, no significa que no se haya aprobado, pues es también bastante habitual que los propietarios no se enteren de lo que se aprueba en junta por desidia.
No dice en ningún momento si los demás lo saben o no, quizás primero debería haber preguntado el presidente, que es quien seguro tiene más información.
Ya he dicho que debería haber sido aprobado en junta.
Fíjate que das por hecho que el administrador ha actuado mal y eso sin saber casi nada del asunto, sólo tienes una versión y te fias a rajatabla de ella, pero lo fácil es cargar siempre contra los administradores o abogados con expresiones como "que pocos administradores honrados conocemos". Creo que antes de juzgar un asunto o una situación se debe analizar todos los datos posibles y no patir siempre desde el punto de vista de que el administrador o el abogado es culpable de actuar mal y debe demostrar su inocencia
la junta se ha hecho hoy, todos los propietarios no sabian nada de este tema, incluido el presi, lo he expuesto diciendo que no esta bien lo de cobrar por sorpresa y la respuesta del administrador ha sido que apatr de cobrar eso tambien podria cobrar otras cosas como juntas extraordinarias, etc, y el resto de propietarios no hacen ni dicen nada, y eso me duele, pues parece que todavia tenemos que dar gracias.
un saludo a todos