He estado por una IT 5 meses de baja hasta que me llamó el ICAM y la doctora me dió el alta y me dijo que tenía que volvel a trabajar al día siguiente.
He leído la (Ley 40/2007) de 4 diciembre, medidas en materia de Seg. Social, y creo entender que hasta que no se resuelva la disconformidad no tengo que volver al trabajo. Yo hice una reclamación, supongo que es lo mismo.Alguien me lo puede confirmar.
El problema es que me dieron el alta con fecha 03-07-08 y hoy he entregado el alta a mi empresa aunque no he empezado a trabajar ya que tengo 5 días festivos.
Y otra pregunta:
Ahora me tienen que confirmar las bajas el ICAM hasta que pasen 6 meses, si vuelvo con los mismos informes
me volveran a denegar la baja. En estos casos que se puede hacer.
Oxilato, no es lo mismo una reclamación previa, que presentar un escrito de disconformidad. Como bien dices, la Ley 40/2007 dice, que puedes presentar escrito de disconformidad, cuentas con 4 dias a contar del día siguiente de la recepción de la resolución del INSS, y por supuesto durante este tiempo de espera, no tienes pq incorporarte a tu puesto de trabajo. Otra cosa distinta, es la reclamación previa, en este supuesto, si tienes q incorporarte a tu trabajo, el tiempo de respuesta del INSS, es de 30 días, transcurridos estos, si no hay respuesta, o esta es negativa para tus intereses, podrás presentar demanda contra el INSS, en el Juzgado de lo Social de tu Comunidad.
Tras alta medica del INSS, si coges nueva baja, y no han transcurrido mas de seis meses de dicha alta, sera el INSS el unico competente para valorarla y declararla con efectos economicos o nó, siempre y cuando se trate de la misma o similar patología.
Por último, decirte, q esa alta de fecha 03/07/08, no tenias que haberla presentado a la empresa, si presentas escrito de DISCONFORMIDAD, al haberlo hecho, y creo que lo que has presentado es Reclamación Previa, cuando transcurran esos 5 dias festivos que dices, deberás incorporarte a tu puesto de trabajo. Salvo mejor opinion. Saludos.
Entiendo por lo que dices que puedes hacer un escrito de DISCONFORMIDAD lleves los meses de baja que sean si te dan el alta y no estas conforme, y hasta que no se resuelva no tienes porque ir a trabajar.¿Pero el tiempo que pasa como se computa ya que el alta esta emitida?
Bien, pues como se hace porque es lo que solicité y como bien dices me dieron una hoja de reclamación que no es lo mismo aunque yo incluí una escrito expliciando mi disconformidad por el alta.
Otra cosa,mi parte de alta no expecifica
"siempre y cuando se trate de la misma o similar patología". Pone que "cualquier nuevo proceso de baja médica que se produzca en un prerido mínimo de 6 meses será emitido por este servicio médico de inspección".
Otra duda que tengo es si la inspectora médica te valora sólo la enfermedad por la que estás de baja, o valora también otras que aportes con informes.
Yo estoy diagnosticaso de Transtornos de ansiedad generalizada, trastornos de somatización, transtornos adaptativos con ansiedad y sindrome de colon irritable.
La doctora no paraba de repetirme que el tener colon irritable no es causa de baja laboral, vamos que de lo otro pasaba o ¿al no ser la causa de la baja no la valoraba?. Podría mi doctora de cabezera hacerme otra baja alegando transtornos de ansiedad y de esta manera si podría darme la baja sin tener que ir al ICAM porque con ellos lo tengo negro.
De todas maneras el lunes iré al ICAM a decirles que no me informaron bien del procedimiento por si se puede hacer algo.
Oxilado, es cierto lo que dices:cualquier nuevo proceso de baja médica que se produzca en un prerido mínimo de 6 meses será emitido por este servicio médico de inspección". En el supuesto de misma patología, si está justificada la misma, el INSS (que no da bajas) emite resolución diciendo: IT con efectos económicos, en el caso de que el INSS entienda que es diferente patología o nó esté justificada la emisión de dicha baja, emitirá resolución que diga: IT sin efectos economicas, inclusive resuelve diciendo: IT nula de pleno derecho. (esto ultimo no se esta haciendo mucho, por los problemas posteriores que están acarreando), me refiero a baja hace meses, si la declaras nula de pleno derecho transcurrido tiempo, dejas desprotegido al usuario.
Efectivamente el medico del INSS toma nota de todas las enfermedades que tu declaras a través de tus informes médicos (lo hace para luego valorar futuras bajas antes de los 6 meses).
Tu patologia de base es trastorno de ansiedad, lo del colon irritable o cualquier otra enfermedad de menos peso no son las que originaron tu baja laboral.
Debes ir al ICAM (si no recuerdo mal hablas de la Comunidad Catalana), y dejar claro que tu has presentado disconformidad y no reclamación previa por ahora, para que estés a la espera de nueva resolución del INSS.
Por último, toda baja que solicites a tu medico de cabecera, si no han transcurrido mas de seis meses del alta médica del INSS, corresponde a esta Entidad Gestora, valorar si procede o nó la misma, tendría que ser por una patologia distinta, para que no te pongan pegas...Un saludo.
Dragocan, parace ser que no es lo mismo que una persona pase por el INSS que por el ICAM. Aquí en cataluña al tener la competencias cedidas lo regulan de manera diferente, resulta que sólo puedes hacer una reclamación y te responden en 30 días pero tienes que ir a trabajar el día siguiente del alta. También cualquier baja misma patología o no tienes que pasar por el ICAM.
Todo esto me lo ha explicado atención del usuario del ICAM, lo único que no ha sabido o no ha querido decirme donde está todo esto puesto por escrito como lo teneis en la ley 40/2007.
Seguiré buscando porque uno quiere saberlo todo antes de encontrarselo, y para ver si cumplen con lo establecido.
Sobre todo mi duda es la siguiente:
Si mañana voy al médico de cabecera a este le saldrá un mensaje en el ordenador que le dirá que tengo que pasar por el ICAM, aquí me visitarán (me dicen que sin necesidad de pedir hora) y con un nuevo informe del médico de cabezera, decidirán por 2ª vez si me da la baja o no. Y yo me pregunto si no me la dan vuelvo al diía siguiente, y asi sucesivamente porque según me ha dicho el día que vaya si me lo cubre la S.S. Y hasta cuantas veces se puede hacer esto, porque si es así como esta estipulado a mi no me importa ir cada día al ICAM antes de ir a trabajar sin estar en condiciones. Pero seguro que hay alguna normativa que te impida hacerlo,o que no te pagen esos días, no lo se.
Lo siento es que es difícil de explicar.
Ves pues todo esto es lo que quisira ternerlo por escrito
de algún documento oficial claro, pero no hay manera.
para Monk,Dragocan,o todo aquel que me pueda ayudar.mi caso es parecido al de Monk.
el dia 8 de agosto cumplo 12 meses de it,y el 23 de julio me llamaron del EVI,para pasar reconocimiento.
alli tras evaluarme unos 15 minutos,me solto en frio que me iba a proponer para una IP,y que ya me contestaria el director del inss aprovando o denegando.
tras entrar en vuestro foro y leer un poco,vi que podia ver el estado de mi proceso en la oficina virtual del inss.
me puse manos a la obra,y esto es lo que hay a dia de hoy:
estudio de solicitud---------------------------concluido
emision del informe medico-----------------concluido
emision del dictamen/propuesta------------pendiente
estudio de vida laboral-----------------------pendiente
determinacion del importe------------------pendiente
estudio final----------------------------------pendiente
revision---------------------------------------pendiente
firma------------------------------------------pendiente
por favor....cuanto mas tengo que esperar para que esos pendientes cambien a concluido,o al menos la emision del dictamen,que es creo yo,el punto de inflexion para saber que todo va favorablemente.
para explicar un poco mi caso,os dire que la IP me la solicito el inspector medico,por depresion,espondiloartrosis,(artrosis en la cervical) y hernia discal en cervical.
no se que IP me solicito,pero a la vista de que soy afiliado a la O.N.C.E (vendedor de cupones) con un 68% de minusvalia reconocida por el inserso,intuyo que me den la absoluta,ya que entre mis dolencias y mi certificado de minusvalido no creo que ellos prevean que pueda encontrar otro trabajo.de todos modos esto ultimo son conjeturas mias,pues como muy bien dijo alguien en este tema......lo unico cierto es la muerte.
y a todo esto.....hola soy gades 007 ( jose antonio )....ya se que esto es al principio,pero con la angustia de mi caso se me pasaba por alto.
podeis dormir tranquilos porque haceis una bonita labor
Me gustaría plantear me caso , ya que tiene cierta similitud respecto de lo que aquí he leido.
Llevo mas de dos años con bajas intercaladas por mi enfermedad ( Depresión Mayor , con intentos de suicidio , el último 5 días en cóma ) , llevo dos años en tratamiento , esta es la 5ª baja laboral por el mismo motivo , yo mismo solicité ( en contra de mis medicos) el alta para intentar salir por mis medios de este infierno , pero lo cierto es que me ha vuelto a vencer , así es que solicite al IMSERSO la discapacidad , me acaban de conceder un 65% (mínimo) , dada mi situación tambien ya he solicitado la Incapacidad Permanente , el Imserso ( Catalunya) me ha asegurado que el hecho de tener una discapacidad del 65% ya reconocidad , ésta equivale a una Incapacidad Permanente (inclusoi Absoluta), ya tengo día y hora para el EVI .
Por vuestras experiencias , que pensais que sucederá , alguién puede aclararme esta situación ?.....Gracias de antemano.
Con diagnostico de TAG y calificacion de minusvalia del 37% por trastorno hormonal (Caracter definitivo), varias intervenciones de intento autolitico y tratamiento psiquiatrico por ansiedad depresiva.
Mi psiquiatra me propuso tramitar la incapacidad pero yo en ese momento trabajaba y no me lo plantee, mi empresa no me renovo el contrato y yo estoy mal o peor, asi que .
creo deveria tramitarlo pero mi medico no me especifico nada
Que tipo de incapacidad devo tramitar?
Guarda relacion la certificacion de minusvalia con estas cuestiones.?
Tenia una base salarial de 600€ cual seria la cuantia por incapacidad?
Agradeceria me echarais una mano pues estoy bloqueada y no se para donde tirar.SALUDOS
me he leido con atención cada mensaje y la verdad es que cada caso es un mundo, yo tengo la incapacidad total pero la pensión que tengo es mucho inferior al sueldo que percibía antes. ¿Cómo puedo saber a ciencia cierta que un nuevo trabajo será compatible con la pensión? gracias
iHola Javier es cierto que nuestro caso es similar,hoy es un dia mas bien una noche de esas
asquerositas que no puedo dormir, estoy bastante descentrada y me cuesta hasta escribir, necesito que alguien me eche un cable, me falta una semana para la inspeccion y yo cada dia me ansio mas.No se si te yego mi mail.
KARMELE02@HOTMAIL
Tengo terror a afrontar la inspeccion no se si doblar mi medicacion para que no me de algo, o si tomar la mitad para que vean como estoy, porque la ultima me dijo estas bien, y eso que me sudaban hasta las orejas.SALUDOS AL FORO
No me manejo bien por algunos foros me pierdo
Hola compañeros, yo estoy cinco meses de baja, uno de ellos sin cobrar, pues no se si tiene algo que ver que me han llamado del INSS para evaluación médica, y SORPRESA, la médico funcionario me pregunta en vez de mis síntomas, por mi trabajo, y si mi médico de cabecera, era hombre o mujer; no ha querido ve mi la RM ni radiografia; y por si fuera poco, me solicita por escrito informe del médico de cabecera en el que pone: "PROPUESTA DE INCAPACIDAD PERMANTE", ¿Que os parece?
Hola, lo primero felicitar a los que nos informais de todo esto a los que estamos bastantes preocupados y perdidos en segun que cuestiones. queria explicar un poco el caso de mi mujer y que alguien nos diera un poco su opinion, ya que estamos muy preocupados por que somos muy jovenes de 27 y 28 años los dos y con una niña de 4 años:
ESTADO MEDICO:
El caso es el siguiente , resumiendolo, mi mujer 4 de marzo del 2007 por desgracia se corto en el 4º dedo de la mano izquierda con tan mala suerte que se corto dos tendones uno profundo y otro superficial, la operan de urgencias, hace rehabilitacion y quedo mal, la vuelven a operar en diciembre de 2007, vuelve a la rehabilitacion pero vuelve a quedar mal y esta a la espera de otra intervencion, ya sin rehabilitacion por decision de los medicos, hasta dia de hoy .
ICAM Y INSS:
mientras pasa todo esto , a ella la van llamando a barcelona a inspecciones, y sin decir nada ella, viendole la mano y los informes la van prorrogando la baja, al año la vuelven a visitar(marzo de 2008) y la prorrogan 6 meses mas por si la operaran y quedara algo mejor, pero el tiempo pasa , no la llaman y la vuelven a llamar en junio de 2008 a otra inspeccion en el icam.
esta la envia a barcelona para hacer una prueba de biomecanica para enviarla a trabajar o para proponerla la IP, y nos da cita para el 4(septiembre) a falta de 4 dias para los 18 meses.
Ese dia vamos a la cita y nos da:un certificado de lesiones realicado por el icam, el alta con propuesta de invalidez+unos formularios que rellenemos y junto con certificado de emp'resa que lo llevemos a la inss, antes de que llevemos nada con el certificado digital en la web, a los dos dias sale esto:
1° Estudio de solicitud, datos y documentos aportados.Comprobación de requisitos previos CONCLUIDO
2° Emisión del dictamen médico por el Instituto Catalán de la Salud PENDIENTE
3° Emisión de propuesta de incapacidad laboral por la Comisión de Evaluación de Incapacidades PENDIENTE
4° Estudio de vida laboral y de todas las cotizaciones efectuadas PENDIENTE
5° Determinación del importe de la pensión PENDIENTE
6° Estudio final y propuesta de resolución PENDIENTE
7° Revisión y confirmación del expediente PENDIENTE
8° Firma de la resolución PENDIENTE
El certificado de lesiones , consta de 20 paginas con muchas graficas de fuerza y fotos de la mano , don de resumiendo en conclusiones final pone lo siguiente:
****Paciente .....sufrio seccion tendinosa 4 dedo mano izquierda mayo 2007, 2 intervenciones quirurgicas para reconstruccion tendones y pendiente de 3ª con posibilidad de fijacion dedo por pocas posibilidades de mejora de funcionalidad.Tras los pertinentes estudios de biomecanica concluimos que la paciente presenta una perdida de fuerza en presion de la mano izquierda del 75%, con una disminucion de la fuerza maxima de los agarres distales y en pinza, por falta de flexion en 4º y 5º dxedo, El menoscabo de fuerza , congruente con la patologia, condiciona y limita actividades que requieren la manipulacion, agarre y manejo de utensilios y pesos.(cito textualmente)
Por ultimo decir que mi mujer es frutera en una tienda donde esta ella solo casi siempre a excepcion de ayuda ocasinalmente , donde repone el genero sacando las cajas de pies de altura de casi 2 metros y pueden llegar a pesar 30 o 40 kilos.
que opinais??. siento el toston , pero queria explicar bien mi caso para que algun entendido nos pueda dar su opinio si cre que le daran la ip,? cual?en fin esas cosas, por que estamos muy preocupados porque vamos muy justos con todo y con la cria
hola , de nuevo, os informo novedades al entrar a la pagina de la ss:
a fecha 1 de octubre.
1° Estudio de solicitud, datos y documentos aportados.Comprobación de requisitos previos CONCLUIDO
2° Emisión del dictamen médico por el Instituto Catalán de la Salud CONCLUIDO
3° Emisión de propuesta de incapacidad laboral por la Comisión de Evaluación de Incapacidades PENDIENTE
4° Estudio de vida laboral y de todas las cotizaciones efectuadas CONCLUIDO
5° Determinación del importe de la pensión PENDIENTE
6° Estudio final y propuesta de resolución PENDIENTE
7° Revisión y confirmación del expediente PENDIENTE
8° Firma de la resolución PENDIENTE
seriais tan amables de decirme donde se puede consultar como van los tramites en la pagina web de la seguridad social? me refiero a el link o un poco los pasos (con el certificado digital).
muchas gracias!
Hola isabeli, se mira en esta direcceion http://www.seg-social.es/Internet_1/OficinaVirtual/CatalogodeServicios/index.htm
y le picas a acceso con certificado digital y pones tu certificado, ya sea dni electronico o otro cualquiera., alli te lo explicay luego en las opciones , le das a de como va mi solicitud.
espero haberte ayudado, un saludo
Buenas tardes, quisiera plantear algo que me parece un desproposito para la denegacion de una invalidez, 3 ictus, varias protusiones discales y esta es la resolucion que aparece en la web de la seguridad social, consultada con el certificado digital: Por no alcanzar, las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser constitutivas de una incapacidad permanente, según lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE 29/06/94), en relación con el artículo 136.1 de la misma disposición en la redacción dada por la ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE 31/12/94). Alguien puede explicarme para un comercial que pasa muchas horas en la carretera si las lesiones son invalidantes? se puede proceder penalmente contra el medico que firma el informe si fallezco? debo reincorporarme a la empresa y solicitar nueva baja? Gracias anticipadas.
j22343 si no estás conforme con la resolución del INSS recibida (que lo veo muy normal), podrías interponer Reclamación Previa en un plazo de 30 días ante esa Entidad Gestora, es el paso previo a demanda en el Juzgado de lo Social. Si deberías incorporarte a tu puesto de trabajo, pq una denegación de incapacidad pte. es un alta del proceso de Incapacidad Temporal que iniciaste, seguro que hace tiempo. Si solicitas nueva baja antes de seis meses de la resolución, el INSS te aplicará el art. 131 de la Ley Gral. de la Seguridad Social (ellos son los únicos que aprobarán o nó la expedición de esa baja, dándole efectos económicos o denegándola).
Por último ese informe (q no es informe sino una Resolución) vendrá firmada por el Director Provincial del INSS de tu localidad y solamente podrías interponer, como te dije antes, una reclamación previa no una demanda judicial (tu dices penalmente), porque la unica valoración que hacen, es si tu patología, en relación a tu puesto de trabajo, es incapacitante o nó, no está referido a una mala praxis o algo parecido. Espero poder haberte ayudado. Un saludo.
Dragocan, respecto a esto que comentas... mi marido esta en ese paso, estamos entre los 45 dias que tienen para contestar la reclamacion que hemos hecho, ya a traves de abogado, pero el, que se reincorporó al trabajo para no perderlo, esta con las vacaciones que se le acaban en un par de dias, y no esta para trabajar, como es logico, ni en la empresa se van a arriesgar a que trabaje, mientras tambien hemos pedido al INSS una baja por otra causa, para lo que tenemos cita "medica" en el INSS el dia 9 creo que es.... y luego lo que tarden en decidir si le dan esa baja, mientras tambien esperamos que se resuelva la reclamacion.... Asi que no se que hacer, si que pida una excedencia, que no se que efecto tendra si le dan la baja, que por otro lado como no se la den nos quedamos en la calle; o llorarle a la empresa para que lo dejen sin sueldo mientras se resuelven estas cosas, o.... irme yo a hacer su trabajo por las tardes (medida imposible-desesperada-impensable, pero lo haria). . .
Gracias Dragocan, pero mi duda es si me reincorporo y en la primera salida que haga me repite el ictus, me quedo clavado en el acelerador y hago una masacre, quien es el responsable? la empresa esta obligada a readmitirme por lo tanto no lo seria, entiendo que el medico que emite el informe de que puedo trabajar tendria algo que ver, el director provincial firma lo que le ponen delante y tampoco tiene culpa. El motivo de la nueva baja ha de ser diferente de la que tengo ahora? Puede la empresa mandarme al paro y yo seguir con los recursos? Ya se que todos estamos un poco quemados con estos temas, Gracias por tu buen hacer y disculpa por el fuego de preguntas.