Si aparecen los cónyuges, esa finca pertenece a las respectivas sociedades matrimoniales por título de bienes gananciales, lo cual significa que sería necesaria la concurrencia de ambos para vender. En cuanto al divorcio, no tiene por qué afectar al carácter ganancial del bien, pero si el matrimonio disuelve la sociedad matrimonial, se determinará quién se queda con qué, y pasará a ser propietario quien decida el juez o quien acuerden los cónyuges.
Buenas tardes!
En un contrato de compraventa aparecen varios propietarios a partes iguales.
En el registro de la propiedad a esos propietarios,vienen añadidos sus mujeres/maridos.
¿Quienes son realmente los dueños?
¿En caso de divorcio que pasaría con la parte de uno de los propietarios?
¿En caso de venta deberían estar de acuerdo sólo los propietarios o también sus maridos-mujeres?
Gracias.