La normativa española, en particular el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), establece que los empleados públicos tienen derecho a percibir retribuciones por el desempeño de sus funciones, incluyendo retribuciones complementarias como la productividad. Según el artículo 22 del EBEP, la productividad se establece en función de la actividad y dedicación del funcionario, así como el interés y la iniciativa con que desempeñe su trabajo.
En cuanto a las vacaciones y asuntos propios, el artículo 48 y ss del EBEP indica que los funcionarios tienen derecho a permisos y licencias sin que ello afecte negativamente a sus derechos económicos, siempre que estos permisos estén debidamente justificados y dentro de los límites legales.
Las variaciones en la cuantía de la productividad pueden deberse a varios factores:
- Evaluaciones Periódicas: La productividad puede estar sujeta a evaluaciones periódicas que consideran el rendimiento durante el periodo evaluado.
- Objetivos Específicos: El cumplimiento o no de objetivos específicos asignados a su puesto.
Normativa Interna: Es posible que existan normas internas específicas de su organismo que regulen estas variaciones, las cuales deben estar documentadas y comunicadas a los empleados.
El EBEP también establece el derecho de los funcionarios a recibir información clara y transparente sobre sus retribuciones. En particular, el artículo 14.2.e del EBEP menciona que los funcionarios tienen derecho a la información, consulta y participación en la determinación de las condiciones de trabajo.
No obstante, hay varios puntos que tendríamos que concretar y clarificar para darle una respuesta más precisa por lo que creemos que es necesario explorar su asunto más a fondo para abordarlo de forma integral y poner solución.
(CONTENIDO PARCIALMENTE ELIMINADO POR INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DEL FORO)
Buenas noches.
Soy funcionaria del grupo C1. Mi duda es en relación con la cuantía mensual de la productividad . Cada mes me pagan una cosa diferentes sin haber faltado. Algún día no he ido a trabajar pero porque me lo he cogido de vacaciones o asuntos propios. En julio por ejemplo me han pagado 110.17 , en junio 108.98, en mayo 109.49... No entiendo muy bien esas variaciones.
Si alguien me puede explicar.. Gracias