Claro que puede, es obligacion de la comunidad el mantenimiento del edificio y si por falta de este se producen daños, la comunidad tiene que responder por ellos.
Lo que no me cuadra (en el mensaje original) es que el moroso presente oposicion alegando humedades
Conozco un caso similar en la que el moroso
es titular de una plaza de garaje donde se producen las filtraciones e inundaciones, dejando inservible la plaza de aparcamiento. El moroso que no reside en la comunidad, ha intentado vender o alquilar la plaza de garaje, incluso rebajando hasta un 50% el precio del valor en la zona, no consiguiendo ni lo uno ni lo otro como consecuencia de las filtraciones. Ha requerido a la comunidad para que repare los daños. Hace un año lo ha denunciado a Urbanismo de su Ayuntamiento cuyo departamento a comunicado a la comunidad que debe de subsanar y reparar una serie de anomalías.
A día de hoy la comunidad se niega a reparar esos daños ¿Puede denunciar el moroso los daños ocasionados (el no poder vender ni alquilar la plaza de garaje), incluyendo la perdida de valor de la plaza de garaje?
Me pongo de espectador para ver como se resuelven los hechos, vete informandonos por favor. El juez se descojonara ante tal alegacion si despues de 5 años de las supuestas filtraciones el moroso no pressento ninguna queja. Ademas desde el punto de vista juridico se puede hacer? supongo que el juez le deberia pedir a este señor que pague la deuda y que si tiene problemas de humedades o lo que sea inicie otro juicio por otro lado
Saludos a todos:
Nuestra Comunidad ha iniciado un proceso monitorio contra un propietario moroso que lleva 4 años sin pagar sus cuotas.
Este propietario ha presentado al juzgado escrito de oposición indicando que es la comunidad de propietarios la que le debe a él puesto que hace casi 5 años unas filtraciones de agua en la cubierta le ocasionaron daños y perjuicios (según argumenta pero que no hay informe técnico). Este hecho nunca lo denunció en el Juzgado.
Mi pregunta es: ¿es posible que reclame ahora esa compensación? ¿cuanto es el plazo para que prescriba algo así?