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Proceso monitorio con oposición del moroso

26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
18/03/2012 16:32
Respecto a la consulta inicial y siguientes, indico a continuación los hechos que indica el propietario moroso en el escrito de oposición que presentó en el juzgado.

1.- Niego todas y cada una de las alegaciones vertidas por la actora en su escrito de demanda, salvo aquellas que sean expresamente admitidas por el presente escrito.

2.- A fecha de la presentación del presente escrito no se adeuda cantidad alguna por cuotas de la comunidad de propietarios, ya que existen cantidades que la comunidad de propietarios reclamante adeudan al que suscribe debido a daños y perjuicios causados en los inmuebles de mi propiedad, que se encuentran en dicha comunidad.

3.- No se adeuda cantidad alguna ya que en compensación, y teniendo conocimiento todos los comuneros del edificio, se estaba exento del pago de la cuota de la comunidad hasta el importe que se fijaría en próxima junta de propietarios. Se acreditará en el momento procesal que corresponda.

4.- En cualquier caso, en el momento procesal oportuno se interpondrá contestación con demanda reconvencional a los efectos de acreditar lo expuesto, reclamando indemnización por daños y perjuicios ocasionados en mi inmueble, siendo responsable la comunidad de propietarios reclamante.

Bueno eso es todo lo que alega. De lo que indica en el punto 2, nada de nada. Todos votaron a favor de la liquidación de la deuda. Incluso él que no asistió a la junta, no presentó ninguna objeción en el plazo de 1 mes después de entregarle el acta.

Respecto a lo del punto 4, pues a saber lo que presenta el día del juicio, dentro de un mes.

¿Cómo lo véis? Gracias
18/03/2012 16:54
Creo que deberíais contratar a una abogado para todo este tipo de cuestiones, seguramente saldríais ganando.
23/04/2012 19:08
Buenas tardes

Finalmente se ha celebrado el juicio verbal.
No se presentó al mismo el moroso y la sentencia ha sido favorable a la comunidad, condena en costas incluída.

Gracias a todos por vuestra ayuda
25/04/2012 00:28
Se confirma que el susodicho vecino es lo que yo llamo "un listillo amenazante" y por suerte para vosotros no le dió más de sí la bravuconada.
25/04/2012 20:21
Efectivamente artemio, yo no lo hubiera definido mejor.
28/05/2012 22:26
no solo bravucón, sino torpe, mas le hubiese valido aceptar la deuda, pagar y al menos se hubiese ahorrado las costas, del monitorio y del verbal, además como pague, ojito que en ejecución se le puede caer el pelo, incluido el embargo del inmueble
28/05/2012 23:13
No lo entiendo yo ni como bravuconada, ni como torpe del vecino en cuestión. Si no, como mal asesorado y guiado por su abogado. Al cual por cierto debería demandar por daños y perjuicios. Los abogados trabajan para ganar los juicios, lo contrario es engañar al cliente. El abogado debe saber si el asunto es defendible o no. Si es que no, fuera que no se meta. Por tanto ni bravucón ni torpe. Estafado.