Saludos! seguro que es una pregunta rematadamente fácil, pero a mí se me olvidó hace tiempo la respuesta y quería saber si alguien lo tiene fresquito para sacarme de la duda:
Se está llevando a cabo un procedimiento vía administrativa.
Se llega a una parte la cual hace que la administración acuda a la vía judicial (el procedimiento está abierto, no ha acabado, sólo que se ha podido "descubrir" o ha habido algo que tiene que ser juzgado).
Entonces me gustaría saber que ocurre:
¿Se paraliza la parte administrativa hasta que haya resolución judicial?
¿Continúa el proceso paralelamente a la resolución judicial?
¿o hay casos en donde puede seguir y otros en que no?
En mi opinión se puede continuar la vía administrativa hasta la ejecución, que necesariamente se tiene que quedar en suspenso. Hay otro hilo en el foro en que puedes encontrar las referencias a normativa.