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procedimiento sancionador

2 Comentarios
 
Procedimiento sancionador
05/05/2005 12:59
Estimado Manolito, muchas gracias por tu consejo, me queda claro que tengo que interponer el contencioso, pero te digo: aún no han pasado los 6 meses para resolver el Ayuntamiento, yo tengo miedo de que no resuelva y deje la cosa estar.

Como y cuando pongo el contencioso administrativo como interesado que soy, cuando pasen los 6 meses de caducidad, antes o cuando??????? ¿seguro que como interesado estoy legitimado?

Un saludo y muchas gracias compañero.
05/05/2005 18:38
no quiero meterme donde no me llaman pero
tanto te perjudica la construccion que ha hecho el vecino.?Piensa aquello de hoy por ti y mañana por
mi y que la vivienda esta por la nubers y a lo mejor necesita ampliarla para mi lo peor es meterse en pleitos con vecinos y denuncias. Un abrazo
05/05/2005 23:31
De nada mariano. Tienes que esperar a que pase el plazo para resolver por parte del ayuntamiento, si no, no tienes causa para interponer el contencioso administrativo. Estás absolutamente legitimado para interponer la demanda. De todas formas, y para tu tranquilidad, te aconsejo que le eches una mirada a la ley 30/92 Ley de Régimen Jurídico Administraciones Públicas - Procedimiento Administrativo Común. Ahí encontrarás las respuestas a tus preguntas.