En este caso no procede el Monitorio; hay que ir a un ordinario o a un verbal (dependiendo de la cuantía).
1.- Si se reclaman más de 2000 €, es necesaria la intervención de Abogado y Procurador.
2.- Si se allanasen a la demanda, habría que ver el supuesto concreto para concretar las costas (los intereses de demora no proceden). No obstante, resultaría conveniente llevar a cabo un Acto de Conciliación (sin asistencia Letrada), a fin de que si después, a la posterior demanda, se allanan, puedan ser condenados en costas.
3.- Por último tiene Ud la opción de documentar todos los abonos que lleve a cabo y presentarlos en el momento de aceptar la herencia, para que sean descontados del caudal relicto.
Si se procede a la reclamación judicial quién deberá pagar la minuta del abogado y los correspondientes intereses al ser la cantidad superior a 2000 euros?
Sinceramente creo que estando la herencia sin partir, lo más conveniente es remitir burofax conminando a sus sobrinos a realizar la partición de la misma ante notario, de lo contrario interponer la correspondiente reclamación judicial.
Hasta la fecha llevo pagados más de 6000 euros en concepto de gastos de IBi´s, gastos de comunidad, derrama de comunidad con relación a una herencia yacente y los otros coherederos, unos sobrinos, no han pagado nada ni tampoco han aceptado o renunciado la herencia yacente hasta la fecha.
Me gustaría instar un procedimiento monitorio para reclamar la parte que tienen que pagar pero necesito saber;
1.- Si al reclamarles más de 2000 euros necesito abogado y procurador
2.- Si al llegar al Juzgado decidieran pagar tendría yo que pagar el abogado y los intereses de demora o bien es el demandado el que debe pagar incluso si decidiera pagar en el Juzgado.
3.- En el caso de que decidieran no pagar, ¿se iría a un juicio verbal y cuánto tardaría? (pues hasta la fecha no han contestado y eso que así llevamos más de 2 años y les he enviado los documentos que acreditan los pagos realizados por mi parte).
Muchas gracias.