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Procedimiento abreviado

5 Comentarios
 
Procedimiento abreviado
05/03/2007 18:24
Hola a todos/as,

He interpuesto una demanda sobre reclamación patrimonial contra un Ayuntamiento, y como la cuantía no excede de 13.000 euros, se sigue un procedimiento abreviado. En estos procedimientos, ¿cuando se propone prueba?, quiero proponer diversas testificales pero no sé en que momento del proceso hacerlo.

Agradecería muchisimo si algún compañero/a me pudiese sacar de dudas.

Saludos
05/03/2007 20:18
La prueba se propone y practica en el acto de la vista. Si los testigos los vas a aportar tú, no hay ningún problema. Si necesitas que los citen judicialmente, proponlo en los tres días siguientes a la notificación en la que se te convoca a la vista.

Salvo mejor opinión.
06/03/2007 09:05
Muchísimas gracias Tribuno.

Saludos
06/03/2007 15:59
Perdona compañero,

¿Sabes el precepto concreto que estipula el plazo de 3 días para prponer los testigos que quieres que se citen judicialmente?

Muchas gracias
06/03/2007 16:56
Art. 440.1.3º de la LEC (de aplicación supletoria al proceso contencioso-administrativo en virtud de la DF 1ª LJCA).

Salvo mejor opinión.
08/03/2007 12:22
Muchas gracias Tribuno, ayer recibí la citación, osea que a plantear prueba.

Gracias de nuevo