Tras el fallecimiento de mi madre he sido favorecida en la herencia con los tercios de mejora y libre disposición legandome la vivienda familiar. A mis hermanos les deja el reparto del dinero de cuentas bancarias junto a mi, el problema viene porque a uno de ellos le deja menos dinero que a los demás de las cuenta y no cumple la legítima. El resto parece que sí, pero aún se debe tasar la herencia.
Me están amenazando con impugnar el testamento, yo ya he dicho que completare lo que falte para respetar legítima, pero me dicen que al no respetarse en ese caso y a lo mejor en los demás también que el testamento es nulo.
Es esto posible?
El testamento es completamente válido y ha de ejecutarse respetando absolutamente y en sus propios términos la voluntad de su madre. Se trata de una herencia deferida en legados (lo cual es perfectamente válido) y a usted le corresponde una casa que hay que tasar según el valor que tenía el día que murió su madre. Hecho esto, puede usted completar las legítimas si es preciso. De todas formas, sus belicosos hermanos van a darle problemas con este asunto, y se le recomienda que busque un despacho especializado en herencias, y que no ceda ni un milímetro.
A ver, no hay problema en el testamento, sino en hacer las cuentas correctamente. Entiendo que a usted le dejan dos tercios (y que se le pague con el piso) y luego les nombran herederos del resto a partes iguales a los tres (en cuanto al tercio de la legitima estricta).
Debéis computar el valor total de la herencia que se calcula con lo que había en el momento del fallecimiento las donaciones que se han hecho en vida. Y luego imputar a cada tercio (legitima, mejora y libre disposición) .
Hazlo de la siguiente forma: con un papel en blanco dibuja tres tercios y el valor de cada uno.
1º- valora el piso, apuntalo en el tercio de libre disposición, "si lo supera" sigue en el de mejora, "si lo supera" sigue en el de legitima estricta, en este ultimo solo podrá caber en 1/3, el resto tendrás que compensárselo a tus hermanos.
Un saludo
JMZ abogados
He estado haciendo cálculos y el valor de la vivienda entra dentro de los dos tercios de mejora y libre disposición, de hecho no llega a completarlos. Y con el dinero que hay en el banco, en el caso de dos hermanos y yo superamos el importe de legitima, solo queda uno que no llega (ya que divide su parte entre él y sus hijos). En ese caso debo completarle solo yo, o también deberían aportar hasta completar mis otros dos hermanos?
¿Podría usarlo como medida disuasoria?, los conozco y solo actúan si tienen algo que ganar, no si pueden ver una posible pérdida. Gracias
Ese es el enfoque correcto del asunto, pues su problema no es jurídico, sino personal, y lo que en origen es personal solo puede tener una solución en ese ámbito. Su cálculo sobre las legítimas no es correcto, pues es imposible que de una cantidad de dinero a repartir a partes iguales haya uno que tiene menos. Pero sea como fuere, negocie el asunto, pague según sus cuentas y que le firmen en notaría.