tienes que aceptar la herencia y cuando realizar el tramite de la adjudicación del legado, (en este caso, sencillo, al ser unico heredero), y a partir de ahí, podrás vender en Escritura Pública.
El titular registral sería tu padre y tú debes demostrar que heredas el bien y transmites; por eso no puedes vender antes.
Aportarás la Escritura donde figura tu padre como propietario, el Contrato Privado que firmo con el comprador, tu Escritura de Adjudicación de Herencia, tu D.N.I. y a firmar.
A mi juicio lo que habría que hacer es elevar a público el documento privado donde se formalizó la compraventa por su difunto padre con el tercero, en orden a que éste último pueda inscribir el bien enajenado en el Registro de la Propiedad.
Si el bien se vendió antes de fallecer su padre no existía inmueble alguno que incluir dentro de la herencia del mismo y respecto al dinero efectivo recibido por la venta, bien pudo consumirse en vida de éste o bien, si ello no fuera así, hubo de incluirse el mismo en la herencia del finado.
mi padre vendio antes de fallecer a traves de contrato privado una casa que el comprador abono en su totalidad, pero no llego a escriturar. El unico heredero soy yo, ya que mi madre tambien fallecio. mi pregunta es la siguiente:puedo hacer escrituras con el comprador, sin hacer antes la aceptacion de herencia? o debo previamente aceptar la herencia en la que se incluye, no el bien en si mismo, pero si la cantidad que mi padre recibio? muchisimas gracias de antemano.