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Problema y agravio herencia, Legitima

2 Comentarios
 
Problema y agravio herencia, legitima
20/10/2013 17:23
Hola, si ya era desgraciado, lo qu faltaba, la historia es que Mi abuelo murió sin testar, su mujer mi abuela es usufrutaría, y como padeció demencia, una hija se nombró tutora legal y la cuida, pero como arpía, le ha fundido todo de manera inteligente y apoyada por sus hijas. Mi abuela mi abuelo, se rigen por el derecho foral aragones, lo cual, me acojonó lo que me dijo mi tia la arpia. Parece ser hay deudas y situación precaria, y el fiscal o quen sea consintió vender la parte de mi abuela toda, con ello arreglo media vida a sus hijas, Yo le dije que eso njo se hace, y me dijo que en el derecho foral aragones, todo es de la abuela y que si se quiere, me quedo sin legítima aun siendo hijo de mi padre fallecido, hijo de la abuela y abuelo.

yo he mirado y está la legitima colectiva, y aquí, si es cierto pueden excomulgar a quien quieran, pero no se cuando es legitima coletctiva, o no, mi abuelo murió sin testamento y esto es un lío, pero parece ser derecho aragones, he leido si pueden desgraciar a un heredero legítimo segun la cuestión.

Alguien puede ayudarme gracias y explicar algo?
21/10/2013 11:58
En principio le diria que mas que centrarse en el derecho Aragonés (pero sin olvidarlo) se centre en la tutela de su abuela. Una persona no se erige tutor de nadie, lo ha de nombrar un Juez.
Cuando uno es nombrado Tutor legal de alguien, debe rendir cuentas a la Fiscalía y al Juzgado anualmente. Estas cuentas deben ser aprobadas por la Fiscalía y admitidas por el Juez.
Si tiene sospechas de que la herencia se está dilapidando o no se está utilizando exclusivamente para el cuidado y atención del incapaz (en este caso su abuela) deberá ponerlo en conocimiento del juzgado.
Para que el Juzgado conced autorización para una venta, debe estar igualmente aprobado por la Fiscalía y todo ello en base a un escrito donde se detalle cual es el bien, qué precio de venta sse va a percibir y consignar que todo ello será utilizado para el mismo fin. En el escrito de autorización del Juzgado constará una clausula que dira algo como que el 2producto de la venta se depositará en cuenta de titularidad exclusiva de la Tutelada y estará sujeto a justificación...".
Por lo que dice las relaciones con su Tia no van por buen camino, por tanto no creo que le importe se estropeen un poco mas.
Lo dicho, si considera que su abuela está siendo perjudicada en beneficio de sus primas, lo que puede hacer es ir comprobando "cosillas" y cuando tenga seguridad..... al Juzgado. Al menos pida se revisen las últimas rendiciones de cuentas pues está viendo que la calidad de vida de su abuela está mermando en forma alarmante y que ha tenido conocimiento de que el patrimonio está siendo dedicado a fines distintos a los de su cuidado.
21/10/2013 13:18
muchas gracias lo tendré muy en cuenta pero lo que me interesa también es si en el Derecho foral aragonés puede dejar sin legítima a un heredero en base a cómo está todo hecho cómo expongo. y cuando es esactamente legítima colectiva y cuando no muchas gracias a todos