Buenas tardes mi consulta es la siguiente:
Sinopsis:
Padre viudo con 50 % de las propiedades y el usufructo vitalicio.
Dos hijos con el 25% de las propiedades cada uno y la nuda propiedad.
Uno de los hijos quiere disolver la comunidad de bienes y solicita una cantidad económica para ello.
Consulta:
Tiene el padre la obligación de comprar la parte del hijo que quiere disolver la comunidad ?
El otro hijo no quiere saber nada del tema por lo cual no esta interesado en comprar la parte de su hermano.
En caso de no estar interesado en la compra pasa a subasta el 25% de la propiedad ?
Afecta en algo al padre que tiene el 50 % y el usufructo vitalicio si ese 25% pasa a manos de alguien externo ?
Agradecido.
Pues no está obligado a comprarla ningún otro propietario que no quiera, pero si lo lleva por la vía judicial, y a falta de cualquier acuerdo, se subastará. El comprador se hará solo con la nuda propiedad (no del 25%, sino del 100%), pero habrá de respetar el usufructo, que no entra en la división de la cosa común, por lo que se venderá (en caso de venderse) por bastante poco.
Agradecido en primer lugar paquito xocolatero por su respuesta.
Trato de entender lo que me comenta y aunque lo he leido varias veces me cuesta comprenderlo.
La parte del usufructo si que la entiendo.
El posible comprador se hace con el 100% de la nuda propiedad de las propiedades pero entiendo que solo con el 25% del valor de las mismas, es decir que adquiere un 25% de propiedad pero con la nuda propiedad como el hermano (varia propietario pero no condiciones aunque sea por subasta).
Agradezeria aclaración y una vez mas agradezco su interes en responderme.
Buenas tardes,
Coincido con la intervención anterior.
La Ley establece que ningún propietario esta obligado a permanecer en copropiedad, de modo que si de forma voluntaria no se quiere vender el piso o comprar la parte del que quiere vender, puede instar una extinción del condominio judicialmente, obligando a los otros o bien a comprar la parte del otro o bien a vender o en último termino a subhasta.
En el caso de que se venda, el usufructo permenecerá hasta que fallezca el usufructuario, lo que puede comportar una disminución importante del valor de la vivienda.
El valor no se sabe, dependerá de lo que pujen, si es que alguien puja solo por la nuda propiedad que es lo que saldría a subasta (o del precio al que se venda si hay acuerdo, que sería lo recomendable). Si se lo asigna uno de los copropietarios pagará al resto el porcentaje que corresponda a cada uno, no su propia parte, claro.
Si es por división de la cosa común, que es como se suele llegar a una subasta, no, es el bien entero. Puede ser una buena oportunidad (o antes de llegar a ella) para que un copropietario adquiera la propiedad casi a precio de saldo, si hay uno que quiere vender sí o sí. Eso ya dependerá de las partes. De cualquier forma el usufructo ya está constituido y es un derecho que se habrá de respetar.