Buenas tardes, ¿sabe alguien cuanto se tarda en resolver un expediente de solicitud para prestación de desempleo?
Se solicitó el pasado 20 de junio y entrando en la web con certificado digital pone que no existe expediente, ¿es normal?
Gracias por las respuestas
Buenas tardes.
No es normal que tarde tanto, al menos a mí no me ha pasado eso nunca. Me parece demasiado más de un mes. Debería usted ir a la oficina de empleo donde la tramitó, y en el SEPE con el certificado digital debería aparecer porque es instantáneo desde la oficina de empleo nada más tramitarla. Pase por allí porque hay algo que no es normal. Suerte.
Gracias por contestar lalita,
Es que mi solicitud, desde la oficina de empleo tuvieron que enviarla a la central, según el la oficina por ser algo compleja, hay salarios de tramitación por sentencia de por medio, y eso al parecer es un "lío" para los funcionarios de mi oficina.
De todas formas me enteraré donde tengo que llamar para que me informen.
Los expedientes de cierta complejidad como ERES, colectivos especiales, revisiones, etc., los suelen resolver las Direcciones Provinciales. Si tiene que meter mano los letrados al expediente se puede demorar, taaaanto como lo que cuentas, pues raro.
Puedes llamar al 901 11 99 99. Otra posibilidad es preguntar en la oficina de empleo para ver si pueden averiguar cómo va el asunto. En caso de que no tengas una respuesta satisfactoria, te recomendaría que solicites y presentes en la oficina un "parte de consultas", un formulario básico que te puede proporcionar la misma oficina y en el que puedes exponer esto que estás contando.
El expediente se puede demorar por lo que te conté arriba, pero no está demás indagar que no haya quedado la solicitud traspapelada en montones de papeles, que también puede ser.
Saludos.
Muchas gracias patatinpatatanpatetero, he llamado al nº de teléfono que me dices y allí no saben nada, ni siquiera tienen registrado el expediente, y en la oficina que lo entregué igual, no saben nada.
¿Sabes que es lo que puedo hacer?... a parte de estar fastidiado de momento.
Muchas gracias
Lo que te comenté anteriomente:
copio/pego: "En caso de que no tengas una respuesta satisfactoria, te recomendaría que solicites y presentes en la oficina un "parte de consultas", un formulario básico que te puede proporcionar la misma oficina y en el que puedes exponer esto que estás contando."
Adjunta al escrito una copia de la solicitud.
Saludos.
Gracias de nuevo patatinpatatanpatatero, tienes razón, ya me lo comentaste en el del día 5, pero estaba tan enfadado con lo que me han dicho hoy que ni me acordé de que pusiste eso, eso haré.
Saludos
Pues todo sigue igual patatinpatatanpatatero, nadie sabe decirme nada, ni llamando al 901 11 99 99, ni con el parte de consulta ni nada.
La crisis que es muy mala y estarán dejando a desempleados en la put* miseria.
Tres meses ya esperando desde que se presentó la solicitud y nada... esto clama al cielo.
No sigo diciendo porque me disparo y puedo decir alguna barbaridad.
Buenos días, pues cerca de un mes, lo más preocupante es que ayer volví a llamar al 901 y me dicen lo mismo, aunque insistiendo conseguí que indagaran un poco, me volvieron a llamar y me dicen que el expediente está en "control" pendiente de ser asignado.
Mañana tengo cita en la oficina de mi localidad para entregar el certificado del Administrador Concursal, espero que por entregar otro documento no se demore más :)
Bueno, por lo menos la cosa está localizada. Ahora toca paciencia.
Ya que vas por la oficina mañana, te recomendaría que le pidas que te den el "usuario" y "contraseña" (a no ser que tengas ya el DNIe) para gestionar o consultar tu situación en la página del SEPE. Como vas mucho por la oficina habrás cogido cariño a los trabajadores y no quieres hacer los trámites o consultas desde casa, pero te viene bien tenerlo por si hay que reclamar utilizando varios frentes.
Saludos.
Muchas gracias patatinpatatanpatatero, "La paciencia es la madre de la ciencia", así que a esperar toca como bien dices.
Una pregunta, ¿una vez resuelto el expediente desde cuando cuentan para el pago, desde la entrega de la solicitud, desde que resuelven o desde la fecha de la sentencia?
Saludos
Pues nada, en la Dirección Provincial me dicen que no me corresponde prestación por desempleo de los salarios de tramitación, que ese tiempo se acumula cuando trabaje y me vuelva a quedar parado.
patatinpatatanpatatero, ¿podrías decirme si esto es así y que ley dice eso?
La verdad, esto es desesperante e injusto, ya no sé que hacer, solo rezar para que me den trabajo, pero con 52 años ya me diréis quien me contrata.
Además no entiendo, si tengo el Auto de no readmisión firme, creo que debería ser lógico que se me pagara esa prestación por desempleo de los salarios de tramitación, pero claro, la lógica en este País anda al revés.
Por favor una ayuda para este desesperado usuario
Hola angel24.
La manera que tiene de actuar el Sepe es esta con respecto a aquellas prestaciones reconocidas y que, estando percibiéndolas, sigue el proceso de reclamación contra el despido.
1. Si se declara improcedente y se opta por la indemnización, si los salarios de tramitación son abonados en su totalidad, entonces hay que revocar el derecho anterior y resolver un nuevo derecho incluyendo dichos salarios. Se pagaría a partir de dichos salarios y habría que compensar lo cobrado anteriormente con lo nuevo.
2. Si los salarios no se pagan en su totalidad y tiene que ser Fogasa el que los abone (que no suele hacerlo en su totalidad), entonces es como te comentó la D.P.: la prestación queda como estaba, pero se reconoce a partir del pago de los salaros, lo que produce el cobro indebidio de los periodos superpuestos que hay de prestación por desempleo y salarios de tramitación. El periodo de salarios de tramitación, al no haberse tenido en cuenta para reconfigurar en su totalidad la anterior prestación, es periodo cotizado que puede servir para una futura presración.
En tu caso no sé si esto te ha podido perjudicar, pero el Sepe antes sólo funcionaba según el punto 1. Teniendo en cuenta que ha habido resoluciones judiciales que cuando se han dictado han supuesto que el perceptor había acabado ya su prestación o llevaba mucho tiempo cobrándola, el punto 2. ha conseguido paliar esta situación en la que generaba auténticos estropicios en muchos parados.
Saludos.
Hola patatinpatatanpatatero, buenas tardes,
Pero yo digo una cosa, yo lo que cobré cuando me despidieron fue el "SUBSIDIO POR NO TENER DERECHO A PRESTACIÓN, 21 MESES", y actualmente tengo una deuda con ellos de 6.390 euros (15 meses a 426), porqué al parecer no cumplía los requisitos de renta familiar, solo me pertenecía los 6 primeros meses.
Yo lo que solicito ahora es la prestación por desempleo de esos salarios de tramitación, y por lo que dices, la prestación no queda como estaba, osea, que yo ahora mismo no tengo cobrado nada superpuesto con esos salarios de tramitación (no sé si me estoy explicando bien).
La AUTO de NO readmisión firme fue en mayo de 2013, por lo que entiendo que si no tengo ningún cobro superpuesto (ya que me lo reclaman por no cumplir los requisitos de renta familiar) debería corresponderme cobrar la prestación por desempleo y que de ahí vayan deduciendo lo que debo, ¿no es así?
Además otra cosa, el estropicio me lo hacen pero bien, ya que no me quieren pagar nada y me están reclamando lo cobrado del subsidio (que lo veo correcto), lo que no veo correcto es que no me paguen nada.
¿Ves que pueda haber una solución en mi caso?
Saludos
Bufff, no me acordaba que habías cobrado el subsidio en vez de la prestación. No sé, muy lioso.
Entiendo que los salarios de tramitación no se han abonado en su totalidad, por lo que no sé si se ha determinado mantener el derecho al subsidio sin responsabilidades familiares (seis meses) al igual que explicaba en el punto 2 anterior. Habría que devolver la parte de periodos superpuestos entre de los salarios de tramitación con el derecho al subsidio de seis meses sin responsabilidades familiares. Este periodo estaría cobrado indebidamente por periodos superpuestos.
Determinado el periodo superpuesto, volver a reconocer el subsidio con fecha al día posterior al pago efectivo de los salarios. Los seis meses de derecho que sí te han correspondidos. Parte de este periodo coincidirá, supongo, con el periodo anterior que no correspondía ser cobrado por no tener responsabilidades familiares. Aún así, de este periodo, seguramente te quede por devolver algún periodo posterior a los seis meses reales.
El periodo cotizado (que no se ha pagado en su totalidad) desde el primer despido hasta el auto de no readmisión firme, queda como cotizado para una futura prestación, por lo que si te encontraras en una situación legal de desmpleo podrías hacer uso de estas cotizaciones.
No sé si es esto lo que te han hecho. Si es así, en mi opinión sin entrar en valoraciones, es parecido a la manera de actuar del punto 2 anterior.
Salvo mejor opinión.
Saludos.
Muchas gracias por responder patatinpatatanpatatero,
Te comento, de salarios de tramitación no he cobrado ni un euro.
Los 6 meses sé que también tendría que devolverlos enteros porque están superpuestos (me da igual tener que devolverlo siempre que me pagaran la prestación por desempleo).
Los salarios de tramitación no los voy a cobrar porque la empresa está en concurso e insolvente (toda esa documentación ya la tienen en el SEPE).
El FOGASA ya lo solicité la semana pasada (cuando el administrador concursal me dio el certificado).
La cotización la tengo igual que el día que me despidieron.
¿Qué tiempo tengo que trabajar para que me reconozcan la prestación?
Porque como sabes, con 52 años nadie me va a contratar indefinido ni por un año.
Saludos
Si no has recibido aún los salarios de tramitación, entiendo que la regularización está parada. Lo que te cometaba de los puntos 1 y 2 del mensaje anterior.
Los seis meses en mi opinión aún no deberás devolverlos. Habrá que determinar si el pago de los salarios es total o no, que se supone que no será. Una vez que se detemine los salarios efectivamente devengados, entonces habrá que devolver el subsidio superpuesto, pero no significa que lo hayas pérdidos sino que se pospone el pago a partir de la fecha del último día de salario de tramitación pagado.
Sí que tienes un cobro indebido por haberse mantenido de manera irregular el subsidio con responsabilidades familiares. Pero el cobro de los primeros seis meses de subsidio yo no los considero indebidamente cobrados sino anticipadamente recibidos.
Este caso es bastante peculiar porque no sé hasta que punto afecta la prioridad de la prestación contributiva al subsidio por cotizaciones insuficientes.
Cuando dices que te encuentras en situación legal de desempleo ¿a qué te refieres? ¿a que acabas de trabajar ahora o consideras el auto como situación legal de desempleo? Si se trata de que con el auto consideras que se debe todo reconfigurar volvemos al principio del asunto que te estoy exponiendo y que más o menos entiendo que te han debido decir cuando dijeron que esas cotizaciones no está consumidas.
Saludos.