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Prestación por desempleo

32 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 32 comentarios
23/10/2013 12:54
Buenos días a tod@s,
patatinpatatanpatatero, ¿sabrías orientarme sobre el tema que he puesto hace varios días y que no hay nadie que pueda orientarme algo?, el tema nuevo que puse es:
"actualizar vida laboral de salarios de tramitación"
Te agradecería me orientaras si sabes del tema, sino, a ver si conoces a alguien que pueda hacerlo por favor.
Por más que busco por internet no encuentro nada sobre mi caso.
Muchas gracias
Saludos
01/10/2013 16:11
Tú has hecho algo más importante para ayudar a los demás (entre ellos a mí porque tu caso no acababa de definir cuál solución se iba determinar al ser un susbsdio por desempleo en vez de una prestación contributiva lo que cobraste en primer lugar) y que poca gente hace: decirnos cómo finalizó el expediente. Es muy importante saberlo.
Saludos.
01/10/2013 10:34
Buenos días patatinpatatanpatatero,
Es de bien nacido ser agradecido.
Tus pautas son las que me han solucionado mi caso, a mi jamás se me hubiera ocurrido pedir "un parte de consultas", si no lo pides, en la oficina de empleo no te lo facilitan así por sí, y la verdad que tuve que insistir, pero gracias a eso pude aclarar varias cosas en la Dirección Provincial y que creo que han sido determinante para su aprobación.
No es lo mismo explicarlo en la oficina de empleo, pues allí no lo resuelven, solo envían la documentación a la DP y con el lío que tenía mi expediente sabía que la cosa iba a tardar.
Pero explicarlo en el lugar donde tienen que resolver ayuda mucho... a mi y a ellos.
De ahí mi agradecimiento, así que no seas modesto amigo.
Saludos
30/09/2013 23:46
Me alegro mucho por ti angel24. En cuanto a mí agracederte tus agradecimientos pero, la verdad, tampoco te di soluciones a tu situación, sino pautas a seguir para que comprendieses lo que te podían decir y así estar bien informado para saber realizar determinadas preguntas.
Suerte con la búsqueda de empleo.
Saludos.
30/09/2013 19:22
angel24.

Estos son los post que, aunque escasos, da gusto leer. ¡Final feliz!

Me alegro mucho por tí. Lo tuyo ha sido una pesadilla.

jajaja. Ahora, tendrás que tomarte unos días de vacaciones para reponerte, antes de empezar con la lucha de la búsqueda de trabajo.

Estoy segura de que el trabajo llegará, más tarde o más temprano.

La verdad es que has tenido la gran fortuna de contar con la inestimable ayuda de patatín.

Mucha suerte.

Un saludo.










30/09/2013 18:50
patatinpatatanpatatero, liberté y lalita, buenas tardes.
Escribo estás palabras para agradeceros el interés que habéis mostrado.
Ya me han aprobado la prestación, tengo pendiente todo lo superpuesto, incluido los 6 meses que me pertenecían (es normal, ya lo comentamos, se pisaban con los salarios de tramitación), el fraccionamiento también está aprobado, así que me irán quitando una cantidad todos los meses pero me dejan algo de liquidez.
Así que nada, estoy muy feliz, ahora para rematar (aunque deje de cobrar la prestación) me tendría que salir un trabajo y ya sería la repera.
Muchas gracias a los tres, en especial a patatinpatatanpatatero
24/09/2013 12:33
Hola liberté,
Opinión que te agradezco y que entiendo perfectamente, los mayores de 50 tenemos el tema laboral muy complicado.

Saludos
24/09/2013 12:09
Buenos días, angel24.

Lo que queremos todos los mayores de 50 años, por cierto, es un trabajo estable, pero eso, hoy por hoy, es casi una utopía.

Quizás, puede ser un comienzo el encontrar trabajos temporales, aunque sean de una semana o de un mes, para ir tirando, entre los pequeños trabajos y el paro.

Lo que está claro es que te va a resultar mucho más difícil (aunque no imposible) encontrar un trabajo estable de larga duración que varios contratos temporales de corta duración.

Al menos, esa es mi opinión.

Un saludo.





24/09/2013 11:56
Muchas gracias liberté,
Nada más lejos de mi intención (aunque me llamen tonto) intentar hacer una "jugada así", yo lo que quiero es un trabajo estable, y que ojalá me durara hasta que cumpliera los 65 ó 67 años, y que le den morcillas a la dichosa prestación, pero como dije antes, con 52 años me va a ser muy complicado encontrar algo así, dejo currículum por todos los sitios, en mano, por internet, y se como está el mercado por desgracia.
Saludos
24/09/2013 11:34
Buenos días, angel24.

Lamento la situación en la que te encuentras. ¡Es una pesadilla!

Si lo que te han dicho en el SEPE es que, para poder cobrar la prestación por desempleo, tienes que estar en situación legal de desempleo, bastará con que consigas un contrato LEGAL de 1 día. A la finalización del mismo, volverás a estar en situación legal de desempleo.

Eso sí, en el caso de que el contrato sea de un periodo de tiempo muy corto, el SEPE mirará con lupa si hay indicios de fraude, antes de concederte o no el pago de la prestación.

Aunque sé, por experiencia, que es muy complicado encontrar un trabajo, si se es mayor de 50 años, espero que lo consigas y que, en el caso de que sea de unos pocos días, el SEPE no te ponga, de nuevo, problemas para cobrar la prestación.

Salvo mejor solución.

Un saludo.
24/09/2013 11:05
Vuelvo a agradecerte el interés mostrado.
En fin, me encuentro indefenso ante tales situaciones y que no veo justas aunque sean legales.
Esperar FOGASA... un mundo.
Cobrar desempleo aun devolviendo lo cobrado indebidamente... nulo.
La TGSS no me actualiza ni la vida laboral ni las cotizaciones.
Tengo que pagar lo cobrado indebidamente sin poder compensarlo con la prestación que no me dan.
Y encontrar trabajo lo veo arto difícil (no imposible claro), pero difícil.
Y en caso de encontrar trabajo, tampoco creo que me contratarán el suficiente tiempo como para poder hacer uso de las cotizaciones (que no aparecen por ningún sitio) y solicitar dicho paro atrasado.
Cuanta desesperación, en fin... es lo que hay, no hay otra cosa, parece mentira que un despido improcedente me tenga que costar el dinero a mi y no haya ninguna Ley que me ampare.
Saludos
24/09/2013 10:38
No, eso no es situación legal de desempleo. La situación legal de desempleo es cuando solicitaste el anterior subsidio, encontraste vía de acceso a solicitar una ayuda de desempleo. Ahora no estás en situación legal de desempleo, sino en situación de desempleado y apuntado como demandante de empleo.
Si ahora trabajases y la finalización de esta relación laboral generase situación legal de desempleo (en líneas generales baja no voluntaia), entonces podrías hacer uso de las cotizaciones posteriores desde la anterior situación legal de desempleo.
Respecto al pago de Fogasa, lo que te comenté anteriormente, una vez recibido el dinero correspondiente hay que regularizar las fechas de cobro del subsidio de seis meses. Por ejemplo, si el subsidio te lo pagaron del 1 de enero al 30 de junio y se determina que Fogasa te paga cinco meses, entonces habría que desplazar la fecha de inicio del subsidio a 1 de junio.
Ésto, independientemene del cobro indebidio que tienes por haber estado cobrando el subsidio con responsabilidades familiares. Esto sí que lo tienes que devolver y tienes la posibilidad de fraccionar el pago.
Repito lo anterior: es así como intuyo que puede ir la cosa, pero no es fácil verlo al haber solicitado un subsidio por cotizaciones insuficiente. Es la oficina de empleo la que te debe dejar claro cuál es la situación de todo tu historial. Y lo que te estoy contando es una referencia para que cuando hables con ellos sepas por donde pueden ir los tiros.
Saludos.
24/09/2013 08:45
Buenos días,
Entonces ¿no voy a cobrar nada hasta que me pague el FOGASA?, porque es de ahí solo de donde voy a cobrar lo que me corresponda de salarios de tramitación, la empresa no va a pagar ni un euro como te dije, y me parece muy duro tener que esperar (como me han dicho en FOGASA) más de un año, imagino que tiene que haber una Ley que ampare al trabajador, no puede una persona estar esperando una prestación más de un año y por otro lado decirle que tiene que pagar la cantidad cobrada indebidamente, que veo correcto y normal tener que devolver ese dinero, pero podían esperar a que FOGASA pagara.
Y aunque no se ha comentado en el hilo, y puede que alguien lo haya leído y pensado otra cosa, no paro de echar currículum por todos lados, pero la edad echa para atrás a todo empresario, lo que estoy viviendo en mis carnes no se lo desea a nadie.
A mi no me importaría que determinaran ya, lo tienen claro en el certificado del administrador concursal, no voy a cobrar salarios de tramitación, solo del FOGASA y tarda un mundo.
Estoy en situación legal de desempleo porque desde que me despidieron estoy apuntado al paro.
Saludos
23/09/2013 23:19
Si no has recibido aún los salarios de tramitación, entiendo que la regularización está parada. Lo que te cometaba de los puntos 1 y 2 del mensaje anterior.
Los seis meses en mi opinión aún no deberás devolverlos. Habrá que determinar si el pago de los salarios es total o no, que se supone que no será. Una vez que se detemine los salarios efectivamente devengados, entonces habrá que devolver el subsidio superpuesto, pero no significa que lo hayas pérdidos sino que se pospone el pago a partir de la fecha del último día de salario de tramitación pagado.
Sí que tienes un cobro indebido por haberse mantenido de manera irregular el subsidio con responsabilidades familiares. Pero el cobro de los primeros seis meses de subsidio yo no los considero indebidamente cobrados sino anticipadamente recibidos.
Este caso es bastante peculiar porque no sé hasta que punto afecta la prioridad de la prestación contributiva al subsidio por cotizaciones insuficientes.
Cuando dices que te encuentras en situación legal de desempleo ¿a qué te refieres? ¿a que acabas de trabajar ahora o consideras el auto como situación legal de desempleo? Si se trata de que con el auto consideras que se debe todo reconfigurar volvemos al principio del asunto que te estoy exponiendo y que más o menos entiendo que te han debido decir cuando dijeron que esas cotizaciones no está consumidas.
Saludos.
23/09/2013 18:34
Se me olvidó decirte que me encuentro en situación legal de desempleo.
23/09/2013 18:28
Muchas gracias por responder patatinpatatanpatatero,
Te comento, de salarios de tramitación no he cobrado ni un euro.
Los 6 meses sé que también tendría que devolverlos enteros porque están superpuestos (me da igual tener que devolverlo siempre que me pagaran la prestación por desempleo).
Los salarios de tramitación no los voy a cobrar porque la empresa está en concurso e insolvente (toda esa documentación ya la tienen en el SEPE).
El FOGASA ya lo solicité la semana pasada (cuando el administrador concursal me dio el certificado).
La cotización la tengo igual que el día que me despidieron.
¿Qué tiempo tengo que trabajar para que me reconozcan la prestación?
Porque como sabes, con 52 años nadie me va a contratar indefinido ni por un año.
Saludos
23/09/2013 18:02
Bufff, no me acordaba que habías cobrado el subsidio en vez de la prestación. No sé, muy lioso.
Entiendo que los salarios de tramitación no se han abonado en su totalidad, por lo que no sé si se ha determinado mantener el derecho al subsidio sin responsabilidades familiares (seis meses) al igual que explicaba en el punto 2 anterior. Habría que devolver la parte de periodos superpuestos entre de los salarios de tramitación con el derecho al subsidio de seis meses sin responsabilidades familiares. Este periodo estaría cobrado indebidamente por periodos superpuestos.
Determinado el periodo superpuesto, volver a reconocer el subsidio con fecha al día posterior al pago efectivo de los salarios. Los seis meses de derecho que sí te han correspondidos. Parte de este periodo coincidirá, supongo, con el periodo anterior que no correspondía ser cobrado por no tener responsabilidades familiares. Aún así, de este periodo, seguramente te quede por devolver algún periodo posterior a los seis meses reales.
El periodo cotizado (que no se ha pagado en su totalidad) desde el primer despido hasta el auto de no readmisión firme, queda como cotizado para una futura prestación, por lo que si te encontraras en una situación legal de desmpleo podrías hacer uso de estas cotizaciones.
No sé si es esto lo que te han hecho. Si es así, en mi opinión sin entrar en valoraciones, es parecido a la manera de actuar del punto 2 anterior.
Salvo mejor opinión.
Saludos.
23/09/2013 17:32
Además otra cosa, el estropicio me lo hacen pero bien, ya que no me quieren pagar nada y me están reclamando lo cobrado del subsidio (que lo veo correcto), lo que no veo correcto es que no me paguen nada.
¿Ves que pueda haber una solución en mi caso?
Saludos
23/09/2013 17:21
Hola patatinpatatanpatatero, buenas tardes,
Pero yo digo una cosa, yo lo que cobré cuando me despidieron fue el "SUBSIDIO POR NO TENER DERECHO A PRESTACIÓN, 21 MESES", y actualmente tengo una deuda con ellos de 6.390 euros (15 meses a 426), porqué al parecer no cumplía los requisitos de renta familiar, solo me pertenecía los 6 primeros meses.
Yo lo que solicito ahora es la prestación por desempleo de esos salarios de tramitación, y por lo que dices, la prestación no queda como estaba, osea, que yo ahora mismo no tengo cobrado nada superpuesto con esos salarios de tramitación (no sé si me estoy explicando bien).
La AUTO de NO readmisión firme fue en mayo de 2013, por lo que entiendo que si no tengo ningún cobro superpuesto (ya que me lo reclaman por no cumplir los requisitos de renta familiar) debería corresponderme cobrar la prestación por desempleo y que de ahí vayan deduciendo lo que debo, ¿no es así?
23/09/2013 15:33
Hola angel24.
La manera que tiene de actuar el Sepe es esta con respecto a aquellas prestaciones reconocidas y que, estando percibiéndolas, sigue el proceso de reclamación contra el despido.
1. Si se declara improcedente y se opta por la indemnización, si los salarios de tramitación son abonados en su totalidad, entonces hay que revocar el derecho anterior y resolver un nuevo derecho incluyendo dichos salarios. Se pagaría a partir de dichos salarios y habría que compensar lo cobrado anteriormente con lo nuevo.
2. Si los salarios no se pagan en su totalidad y tiene que ser Fogasa el que los abone (que no suele hacerlo en su totalidad), entonces es como te comentó la D.P.: la prestación queda como estaba, pero se reconoce a partir del pago de los salaros, lo que produce el cobro indebidio de los periodos superpuestos que hay de prestación por desempleo y salarios de tramitación. El periodo de salarios de tramitación, al no haberse tenido en cuenta para reconfigurar en su totalidad la anterior prestación, es periodo cotizado que puede servir para una futura presración.
En tu caso no sé si esto te ha podido perjudicar, pero el Sepe antes sólo funcionaba según el punto 1. Teniendo en cuenta que ha habido resoluciones judiciales que cuando se han dictado han supuesto que el perceptor había acabado ya su prestación o llevaba mucho tiempo cobrándola, el punto 2. ha conseguido paliar esta situación en la que generaba auténticos estropicios en muchos parados.
Saludos.