Sabemos que para la petición inicial del monitorio no es necesario procurador. Debido a la distancia me planteo ir a correos para presentar una demanda monitoria evitando el desplazamiento al juzgado decano. Presentar por correo certificado con acuse de recibo.
Pues en la práctica no lo descarto, pero la verdad es que a priori nada impide que se haga así...es más, todo apunta a facilitar las relaciones con las administraciones vía web, y esto no es muy distinto...
La LEC en ningún caso habla de presentarlo en persona, y de hecho en ningún registro te piden que te identifiques...yo llamaría antes para curarme en salúd.
Si os sirve mi experiencia yo hago muchos trámites judiciales por correo certificado, en la jurisdicción contencioso-administrativa, y no he tenido problemas.
En este asunto no debe ser diferente a la jurisdicción civil.
Los jusgados de paz deberían ser de IDA Y VUELTA. Lo mismo que un jusgado puede solicitar a un juzgado de paz, por ejemplo un exhorto, tambien el ciudadano debería poder hacer uso del juzgado de paz para poner una demanda y que este juzgado de paz lo remita al juzgado que corresponda.
Hay que dar facilidades al ciudadano.
Hola, yo ya he presentado varias en la jurisdicción civil y no hay ningún problema, por mensajería urgente y solicitando vuelta de la copia de la 1ª hoja una vez sellada en el decanato. Saludos.