Buenas tardes.
En el acto de conciliación previo a un juicio civil:
¿la parte demandada es conveniente que esté presente o mejor dejar que acuda solamente el abogado?.
Gracias
Para empezar, es necesario que acuda o confiera poder al abogado. Aun así, es conveniente que acudan ambas partes ya que de lo que se trata es de intentar alcanzar un acuerdo.
La parte demandada puede acudir, o no. A veces es mejor no ir para no verse "obligado" a contestar o tomar postura sobre alguna cuestión. Si comparece, deberá ir personalmente o con el abogado, pero pienso que no puede ir sólo el abogado en calidad de representante porque la facultad de representar ante los tribunales está concedida en exclusiva a los procuradores. Aunque en un acto de conciliación puede ser discutible.