Hola, prescribe una ejecucion de sentencia, es decir, en un principio ante una demanda de ejecucion, el deudor es insolvente, despues cambia su situacion, ¿habria prescrito ya la via ejecutiva? o nunca prescribe?, gracias
La acción ejecutiva derivada de una sentencia caduca a los 5 años. Ahora bien, una vez iniciada la ejecución, ésta no prescribe, aunque podrían prescribir los derechos reconocidos, probablemente en 15 años.