Fallecido nuesro padre hace 18 años(padre de 5 hijos legitimos,mi madre murió antes);años antes de morir mi padre,repartió inmuebles y dinero entre 4 de sus 5 hijos,NO dejando NADA a uno de ellos en herencia;al morir mi padre y abrir ultimas voluntades decia dejar COMO HEREDEROS A SUS "5" HIJOS A REPARTIR A PARTES IGUALES(ya no quedaba nada que repartir)Yo nunca fuí llamado para firmar ante notario el reconocimiento o renunciar a herencia alguna.
Tras muchas vicisitudes e incumplidas promesas,y pasados 18 años de la muerte de mi padre,y ante la imposibilidad de acuerdos "tanto morales como economicos";me veo en la necesidad de proceder y reclamar lo que por ley me pertenece"MI LEGITIMA".
A tal fin PREGUNTO; ¿ante la duda de ciertos Art del C.civil,por el que la prescripcion es a los 15 años y en otros Art, es a los 30 años;y las distintas jurisprudencias sentadas en varios procedimientos con otros plazos muy superiores:;Me gustaria me aclarasen si mi reclamacion (aun no presentada) ¿ha prescrito o no ?, y ¿como puedo enfocar la misma? y ¿que garantias hay de éxito?
Muy agradecido por la ayuda que me presten.
Federico