Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

prescripcion impuesto de sucesiones

6 Comentarios
 
Prescripcion impuesto de sucesiones
08/01/2008 16:08
Una persona fallece y no deja testamento. Por el mero hecho del paso del tiempo de prescripción. (cuatro años?) NO se estaría obligado al pago del impuesto de sucesiones para hacer uso de la herencia?

Gracias,
08/01/2008 19:23
Actualmente el impuesto de sucesiones ya se ha eliminado.
08/01/2008 20:51
Por curiosidad Morgama, ¿desde cuando se ha eliminado el impuesto de sucesiones? Gracias
08/01/2008 22:44
Efectivamente prescriba a los 4 años y 6 meses desde el fallecimiento.

Pero para poder disponer da le herencia se necesitarán dos cosas:

1) Declaración de herederos ante notario
2) Presentar la declaración del Impuesto de Sucesiones relacionando todos los bienes de la herencia (pues aunque haya prescrito es necesario que la administración autonómica de su ok a esta prescripción)

09/01/2008 01:13
Depende de la comunidad autónoma que seas.Por ejemplo en Madrid,Castilla Leon, Murcia, Comunidad Valenciana, Baleares,la Rioja, pais Vasco, Cantabria y Navarra.Consulte en su ciudad,porque se van incorporando nuevas comunidades.
09/01/2008 01:16
Algunas comunidades se ha suprimido desde el 2003.Como es el caso de la Rioja, pais Vasco, Cantabria y Navarra,creo recordar.
09/01/2008 10:04
Creo que debiéra hablarse con propiedad pues se va extendiendo la idea de que ya no existe el IS ni hay que hacer nada al respecto.

Efectivamente algunas autonomías han implantado generosas exenciones (en Madrid por ejemplo del 90% creo recordar) pero solo para herencias directas de padres a hijos.

Y en todo caso, para todos los supuestos, se mantiene el requisito de presentar la declaración del IS relacionando todos los bienes, herederos etc. Incluso aunque hubiese prescrito.