Efectivamente, ése es un tema complejo incluso para los profesionales, así que comprenderás que una respuesta en este foro no es la mejor opción. Por un lado la acción de petición de herencia no prescribe. Por otro, está el tema de las donaciones, que pudieron no respetar a la legítima... Creo que lo más acertado es consultar con un abogado, que estudie el asunto, y después ver las probabilidades de éxito, el coste, etc.
Tras varios meses de discusiones con las otras partes, sin posibilidad de acuerdos:
5 hijos , de los que (a SOLO 4 de ellos) mi padre donó en vida (año 1982) y repartió todos sus bienes antes de morir(año 1992)o sea diez años despues;(mi madre falleció anteriormente)no dejandome a mí, nada ni como legitima ni compensacion alguna.. o sea nada de nada.
Tras varios años de relativas buenas relaciones; y tras pedirles varias veces MI LEGITIMA O COMPENSACION a mis hermanos (que por donacion heredaron) a la muerte de mi padre no habia NADA QUE REPARTIR ; me dicen que el tema ya ha prescrito y no tengo derecho a heredar ni exigir nada(SEGUN SUS ABOGADOS).
Las notas simples del registro constan a nombre de mis hermanos, los bienes donados con fecha 1982(en vida de mi padre) con la objecion de no poder enajenar ni etc,etc; hasta la muerte de ambos progenitores.
PREGUNTO; ¿ha prescrito la posibilidad de pedir la parte d herencia, que CREO por ley me pertenece?
¿Desde cuando se computa la prescripcion? desde la fecha de donacion? o desde la muerte de mi padre?
Los abogados de la otra parte dicen no tener derecho a pedir nada;por lo que antes de empezar procedimientos judiciales caros y largos;quiero tener "alguna" garantia de exito al respecto; y si hay jurisprudencias a aportar.
Gracias por lo que me podais aclarar, en este tema tan confuso "incluso" para algunos profesionales.Y agradezco los consejos a seguir para "ademas de exigir",demostrar mis derechos
Gracias y saludos