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Prescripcion deuda bancaria

8 Comentarios
 
26/11/2009 20:40
Hola, quisiera saber la forma de informarme en el juzgado y si me daran copia de dicha sentencia o el estado en el que se encuentra.

Gracias y un saludo.
18/11/2009 09:15
Vamos a ver, por partes.

Parece claro que hay sentencia condenatoria.

A partir de esa sentencia el acreedor tiene 5 años para instar el proceso ejecución. Una vez instado este proceso la deuda no prescribe.

Si no se ha instado la ejecución en esos 5 años te has librado de la deuda, aunque no creo que esto haya ocurrido.

Pásate por el juzgado y mira a ver cómo está ese proceso.
17/11/2009 21:25
Como han dicho los compañeros la deuda entiendo no prescribe puesto que ya fue reclamada mediante juicio y en base a ello se dictó sentencia si bien en aquel momento no tenías bienes con los cuales responer, lo que no indica más que en cualquier momento que el acreedor detectara que posees bienes, pueda instar la ejecución de la sentencia.
17/11/2009 21:23
Hola y muchas gracias, solo decir que no he tenido notificaciones de ningún tipo nunca desde el juicio, además, ¿no es extraño que nunca hayan embargado la nómina ni las cuentas corrientes en las que aparezco como titular? y encima, si solicito un préstamo en cualquier banco me lo aceptan.

Un saludo.

17/11/2009 13:56
Dependiendo de donde provenga la deuda, el plazo de prescripción será de 5 o de 15 años, pero si se a instado la ejecución judicial, estoy de acuerdo con dark satan, no prescribe nunca.

Saludos
17/11/2009 12:52
Pues, salvo mejor opinión, yo creo que la deuda prescribe a los cinco años, siempre que no haya habido comunicación al deudor.
El artículo 1966 del CC, dice que prescriben las acciones para exigir el cumplimiento de cualquier pago que deba hacerse por años o en plazos más breves. Saludos.
17/11/2009 08:58
Hola, si sobre la deuda ha habido sentencia condenatoria y se ha instado su ejecución judicial, como así parece ser en este caso, la deuda no prescribe nunca.
16/11/2009 20:59
Hola de nuevo, quisiera saber si una deuda bancaria prescibe, me han comentado que si hay sentencia firme prescribe a los 15 años ¿es eso cierto? si alguien me puede ayudar se lo agradezco de antemano, un saludo.
Prescripcion deuda bancaria
02/11/2009 20:57
Hola, en el año 1992 firme como avalista de una préstamo en la empresa donde trabajaba, posteriormente el préstamo no se reembolso por parte del empresario exigiendonos el banco el pago de dicho préstamo a mi y a mis compañeros mediante sentencia judicial en el año 1993 aprox. como no tenía bienes pues no me embargaron nada pero lo extraño es que tampoco me han embargado nunca la nómina ni el coche que me compré posteriormente y en en banco me dicen que no aparezco inscrito en el RAI.
Mi pregunta es si alguien me puede decir si la deuda ha prescrito, el artículo y la ley para asegurarme de ello y ver si realmente puedo tener bienes actualmente.
Agradecería que alguien me diese una solución, gracias.