Hola Buenas tardes quería hacer una consulta hace varios años estaba trabajando como autónomo en el mundo del transporte, al final tuve muchos problemas económicos y tuve que dejar la actividad hace unos 6 años, pero a fecha de hoy todavía quedan deudas pendientes de pago, mi pregunta es si este tipo de deudas prescriben al cabo de unos años o me lo pueden reclamar durante toda la vida
El plazo de prescripción de las deudas varía según qué tipo de deuda sea, pero el plazo general de prescripción es de 15 años.
Artículo 1964 del Código Civil:
La acción hipotecaria prescribe a los veinte años, y las personales que no tengan señalado término especial de prescripción a los quince.
Por tanto, yo diría que las deudas que tiene usted (salvo que estén garantizadas hipotecariamente o de otra forma) prescriben a los 15 años.
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Vicente & Matanza Asesores y Consultores
vym@vicenteymatanza.com
Y una pregunta... prescriben a los 15 de años de cuando se genera la deuda ??? Que criterio se sigue..... Si yo dejo de pagar una tarjeta de credito por 3000 euros el dia 5 de enero 2002 ( fecha de cargo y no hay fondos) y no aparezco mas por el banco prescribe el 5 de enero del 2017 ????
Ese es el criterio ?????