Me gustaría saber si para adquirir la propiedad por usucapión ordinaria, se puede considerar justo título la manifestación verbal del antiguo propietario ya fallecido (sin testar ni herederos directos), de transmitirte la propiedad, y cumpliéndose los demás requisitos de poseer a título de dueño y venir haciéndolo durante más de 10 años (de hecho algo más de 20)
Gracias