Si sois tres hermanos el valor de la legítima estricta de cada uno es 1/9. Con que el menor de los legados llegue a la novena parte del conjunto de la masa hereditaria el reparto ya estaría hecho. Si no, el que haya recibido una cantidad menor de su legítima podría reclamar una compensación en metálico hasta llegar a esa cantidad, por el valor que tengan en este momento (no cuando se testó), como dice Pepe123. Tendréis que hacer una valoración a precios de mercado si es dudoso este punto; si no cada uno recibe su legado si no hay nada más que repartir, paga sus impuestos por el valor fiscal, y ya está, no hay que hacer ninguna tasación si está resuelto el tema de las legítimas y no queréis hacerla.
Muchas gracias por tu respuesta.
El problema es que las "fincas" no están valoradas en testamento. Entendemos que deberíamos hacerlo ahora para tener el valor actual. creo que será necesario puesto que dos de las fincas son un piso y una casa, respectivamente y, la tercera, una parcela de tierra que, en comparación, no llegará a un 15% del valor...
El valor de los legados está limitado a la disposición de los tercios. Si cada legado supera el valor de las legítimas no hay ya mayor problema, cada uno recibe su legado y el resto se repartirá de la forma en que se señale en el testamento, intentando igualar la herencia a partes iguales incluyendo el legado (habría que estar a la redacción concreta). Pero si no hay nada más, pues cada uno su legado y ya está.
Mi consulta es referente a un testamento en el cual, los tres herederos somos también legatarios.
Concretamente, la herencia se compone de “tres fincas”. Cada una de ellas ha sido prelegadas a uno de los hermanos y, a su vez, éstos hemos sido designados herederos a partes iguales.
Mi pregunta es la siguiente, ¿todas estas fincas las hemos de tasar y repartir “de manera igualitaria” entre los tres? O ¿sería el resto (que no hay anda más) lo único a repartir en tres partes iguales?