La consultas de notario por temas de herencias han de ser gratuitas. Mejor enfócalo sobre lo que puede hacer tu marido para testar y que os deje en la mejor posición posible. Y luego, si todo va bien, que haga testamento.
mi abuela tiene un piso y dinero en testamento y sus dos hijas herederas pero una de ellas A FAllecido y quisiera saber si el testamento se puede quedar como esta y cuando fallezca mi abuela la parte de la hija fallecida pasa directo al hijo k tiene o ay k poner al hijo de la fallecida en el testamento????gracias
Hola a todos
Mi ignorancia es la siguiente haber si alguien me puede iluminar.
Mis hermanos y yo junto con mi madre tenemos una parcela que al fallecimiento de mi padre hace ya mas de 14 años dejo en herencia a partes iguales para todos sus hijos y a su viuda nuestra madre la mitad mas una a día de hoy no se a repartido la herencia ni se a hecho nada.
Mi pregunta es puedo exigir a mis hermanos y madre que me paguen la parte correspondiente que me pueda corresponder de dicha parcela.
Y que pasos debo iniciar en caso de negativa por parte del resto de herederos incluyendo a la madre.Gracias
Para feo
Esta seguro de que su padre le dejó a su madre la mitad mas una de una parcela?.
Cual era el origen de esa parcela? La compraron estando casados o la recibió su padre en herencia del algún familiar?
Buenos dias mi consulta es la siguiente vivo con mi padre y mis hermanos viven independientemente el dia que fallezca mi padre que derechos tienen ellos de echarme de la casa,gracias y un cordial saludo.Francisco.
Hola, mi problema es el siguiente. Somos tres hermanos. Mis padres hicieron testamento a repartir entre todos iguales. Tienen unas tierras y una casa. Pueden cambiar el testamento y dejarle las tierras o la casa o ambos a alguno de los hijos en perjuicio de los otros dos? de qué forma pueden hacerlo para que los otros dos no puedan revocar el testamento después. puede revocarse este? y sobre todo de qué forma pueden enterarse los otros dos de que han testado en beneficio de uno?
Sus padres, cada uno de ellos individualmente, pueden otorgar testamento, las veces que quieren, ya que son ellos los que deciden sobre como disponer de sus bienes para el dia de mañana.
Sin perjuicio de lo anterior, deberán respetar como minimo los derechos legitimos de cada uno de los hijos, esto significa que podrán mejorar a uno, a dos , a todos, en defecto de otros pero siempre respetando las legitimas.
En cuanto a la ultima pregunta quienes revocan el testamento es la misma persona que lo otorga, que lo hace, ya que es un documento personal. Se enteraran cuando fallezcan y tengan conocimiento del mismo.
De sus preguntas deduzco que seria necesario que tuvieran información detallada sobre un tema tan delicado como el de las herencias.
a su disposición
navarroiuris@hotmail.es
www.herenciasnavarroiuris.blogspot.com
abogado herencias
Buenos días, acabo de recibir una herencia en Asturias, me dicen que tengo que pagar una barbaridad, la herencia es de 180000€ en el banco mas una vivienda con un valor catastral de 128031€
Alguien me puede decir aproximadamente cuanto tengo que pagar?
Yo soy su sobrino político, su mujer era me tía carnal pero falleció hace 4 años. mi patrimonio no supera los 400000€.
Hace unos años heredé de mi madre unas fincas rústicas como nuda propietaria, siendo mi padre el usufructuario.
Tras pagar el impuesto de sucesiones por cada una de ellas, nos encontramos con que el registro civil no nos inscribió como propietarios de una de ellas, ya que consta que la finca es del Estado.
Mi padre se empecina en recuperarla y está moviendo cielo y tierra para recuperarla pero a mí sinceramente no me interesa, ya que si la recupero, voy a tener que hacerme cargo del IBI en un futuro y puede ser (cosa que desconozco) que más adelante me pidan los atrasos del IBI.
Mi pregunta es la siguiente: si mi padre finalmente pudiera recuperarla, es preciso mi firma en algún documento, siendo nuda propietaria?
Por otro lado, en cuanto fallezca mi padre y ya que esa finca no me pertenece a mí sino al Estado, imagino que en el momento de realizar la consolidación de dominio, no tengo que hacerla constar en el pago de sucesiones. Es así?
Finalmente, cómo se recupera el pago que hice en concepto de sucesiones de la finca en el momento de aceptar la herencia de mi madre?
Puede ser una persona enterrada o incinerada en una finca?
En caso de respuesta afirmativa, ha de ser el propietario de la finca o con ser usufructuario es suficiente?