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Posible error en copia simple de escritura notarial

1 Comentarios
 
Posible error en copia simple de escritura notarial
perfil AOO
27/12/2021 12:37
Buenos días.

Estamos en trámites de realizar la compraventa de una vivienda y nos hemos encontrado con la situación que detallo a continuación.

La inmobiliaria nos ha facilitado la copia simple de una escritura de aceptación de herencia sin garantía de transcripción. La antigua propietaria, por quien se efectúa la herencia, consta en el Registro y en la presente aceptación como la persona que tiene la nuda propiedad de la totalidad de la vivienda con carácter privativo. En la nota simple del registro consta además una usufructuaria por la totalidad de la vivienda de la cual se adjunta en la aceptación de la herencia su certificado de defunción, por lo que se da extinto su derecho.

En la copia todo parece estar bien, pues incluso adjunta los documentos concernientes al testamento, pero la copia, aunque está sellada por la notaría, no está firmada e incluye lo que podría ser un error.

En el apartado Inventario, dice expresamente:
Inventario: Los bienes relictos por el causante, son los siguientes:
1. La mitad indivisa de la siguiente finca:
(Y aquí se describe la finca).

En las demás propiedades del inventario indica "La totalidad del saldo bancario...".

El caso es que nosotros hemos firmado la reserva por la integridad de la vivienda, no por una mitad indivisa de la misma.

¿Se trata de una forma habitual o podría deberse a un error de redacción? Hemos encontrado un error en el que una cuantía referente a un saldo bancario que no nos concierne, son diferentes el valor escrito y el numérico, por ejemplo.

En caso de deberse a un error, ¿cómo se modifica y a quién hay que acudir para subsanarlo?

Gracias por su atención y un saludo,
Adrián
27/12/2021 20:51
AOO
Por simplificar, una copia simple no es más que una "fotocopia" del la copia autorizada. Esta copia simple no tiene validez legal y la que prevalece es la copia autorizada.

Ahora bien, ese error te ha puesto en preaviso y una vez tengáis en las manos la copia autorizada tendréis que revisar a conciencia para asegurarnos que no es más que un error en la transcripción. Si el error está reflejado en la copia autorizada es la notaría o la gestoría que hubiese cometido el fallo quien debe encargarse de subsanarlo. Habitualmente las notarías suelen emitir una nueva página que ha de incluirse al documento informando de dicho error documentar y señalar la información correcta.