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poder y embargo

6 Comentarios
 
27/07/2011 10:57
Perdón yo mismo me corrijo consulado EN España que no de España...ahora sí.
27/07/2011 10:50
Entiendo que el poder se otorgó en Argentina, y la deuda procede también de allí. Así que todo lo referente al poder se regirá por la ley argentina, con lo que no tiene sentido ir al consulado español...más si tenemos en cuenta que España no los hay.
26/07/2011 21:51
seguramente muchos calmamos ansiedades gracias a gente como Usted. De corazon, gracias.
17/07/2011 22:26
Si hay hijos ellos son los herederos y Vd. siempre será usufructuaria si lo heredado es un inmueble, le recomiendo que haga testamento ante notario y así determinar las legitimas y demas particiones de la herencia.
17/07/2011 21:52
La verdad que le estoy muy agradecida por sus palabras. Ahora necesito saber si casandome con regimen de separacion de bienes y no gananciales afecta en el caso que, llegado el momento, uno de los dos deje de existir, o sea, se tiene derecho a percibir los bienes del conyuge? en que puede cambiar esto?. Muchisimas gracias
17/07/2011 00:00
Dirijase a su consulado en España y le indicarán los trámites para dejar sin efecto el poder en su país. En cuanto al matrimonio cásese en régimen de separación de bienes y no gananciales, para ello basta que acuda a un notario y levanten acta de ello.
Poder y embargo
15/07/2011 08:48
necesito saber que debo hacer para dejar sin efecto un poder que he dejado en mi pais , pues soy argentina y hace 4 años que estoy aqui en España. La persona en la que mas he confiado me esta fallando.
A consecuencia indirecta he adquirido una deuda en mi pais con orden de embargo y como me voy a casar con un español, necesito saber tambien si este embargo, ya que no tengo bienes en Argentina, puede llevarse a cabo sobre bienes o dinero que posea mi pareja o que yo pudiera adquirir