hola tengo una duda tengo un familiar que no es familiar ,alguien muy querido por mi , y me dice que me quiere hacer un poder notarial , para poder hacer y deshacer todo cuando se encuentre fase termial o de demencia , mi pregunta es la siguiente
1 - puede hacerlo?
2- tiene repercusiones si tiene un testamento
son compatibles las dos cosas
atentamente
antonia garcia
1.- Si está capacitado civilmente, logicamente puede hacerlo.
2.- El testamente es fruto de la disposición del testador. Si se refiere a que teniendo un poder notarial, una vez en fase terminal o demencia del testador, pueda incidir en la voluntad testamentaria ya practicada, por mucho poder que tenga, al ser un acto personalísimo, no repercute para nada en lo dispuesto.
3.- Con las respuestas anteriores sonsacas que, evidentemente, no existen repercusiones.
Saludos.
En cualquier caso, si crees que en el futuro podrias tener algun problema con los posibles herederos, una vez disongas del poder notarial, cualquier accion que hagas en base a ese poder, manten comprobantes documentales, hasta despues del fallecimiento del poderdante y sea adjudicada la herencia.
Antonia Garcia:
Un poder notarial, es un deseo de un particular de poner en manos de la persona que designe en el documento, ( mayormente suelen ser muy generales ), abarcan tanto vender, comprar, adquirir, y un largo etc, firmar, cancelar, bienes, documentos, y en el terreno personal se deja en la persona que se designa la toma de decisiones caso de que el interesado no tenga voluntad o constantes vitales para decidir, pero en estos casos cuidado, podrias decidir el tratamiento, el hospital o el medio, pero entrando en el terreno mental por ejemplo, tu voluntad que en ese momento es la de la persona representada, en este campo siempre va a tener que intervenir una orden facultativa o judicial.
El testamento es diferente, si la persona no puede decidir, quedaria valido el ultimo testamento que hizo, tu nunca vas a poder hacer uno nuevo por el/ella.
Son poderes que estan muy bien para ciertos casos, pero que hay que anular apresuradamente si la relacion entre las personas que esta concedido se agria, por lo que implica.
Tienen una total validez a nivel judicial, notarial, bancario y un largo etc.
Un saludo.
Antonia: son dos cosas distintas: el poder se otorga para que en un supuesto dado (en caso de incapacidad por ejemplo) puedas actuar en su nombre, llevar sus asuntos sin ningún problema y traba y el testamento se otorga para fijar unos herederos y beneficiarios concretos después del fallecimiento de esa persona por lo que ambos documentos son compatibles entre sí.
En el caso del testamento el testador puede disponer libremente de sus bienes con unos límites fijados por el Código Civil y en su caso por las legislaciones forales de las comunidades autónomas y el caso del poder notarial esa persona puede delegar en quien quiera para que le lleve sus asuntos ya sea abogado, gestor o una persona fisica común y corriente con toda validez.
En el caso de que te otorguen el poder y para no tener problemas con los presuntos herederos de esa persona te aconsejo tal y como ha hecho H-25 guardes todos los comprobantes de ingresos y gastos de tus gestiones si esos herederos te piden una rendición de cuentas en un momento dado a pesar de la posibilidad que tendría el poderdante (la persona que otorga el poder) de relevarte de esa obligación pues también puede hacerlo. Atentamente