Los documentos públicos extranjeros han de estar apostillados con la llamada Apostilla de la Haya, que conoce cualquier notario. La forma de apostillar documentos depende del país: en algunos hay que llevar las escrituras de poder al Ministerio de Asuntos Exteriores, otros es el propio notario el que apostilla y, en fin, pregunte en el país donde quiere otorgar el poder.