Si no os ponéis de acuerdo podríais contratar a un contador-partidor, pero sale caro.
Lo usual en familias medias es que sean los mismos herederos los que se pongan de acuerdo, vayan al notario y lo solucionen todo en una sentada. Cualquier notario os puede indicar los pasos y el coste.
de acuerdo con el Codigo Civil (art. 892 ss) los albaceas solo los puede nombrar el testador. Si no nombro albaceas en su testamento, pues no hay albaceas. Os tendreis que poner los herederos de acuerdo para repartir la herencia segun dispuso el fallecido. Si no os poneis de acuerdo, al Juzgado.
Gracias. Cuando el testamento no nombra albacea, ¿lo pueden nombrar los herederos de común acuerdo? Si los herederos son tres, A, B y C, ¿se puede dar el caso de que A y B sean los dos albaceas legítimos si como mayoría los dos lo acuerdan a pesar de que C esté en desacuerdo de que sean dos los albaceas? Muchas gracias de nuevo.
Mi madre dio poder notarial a mis hermanos. Ahora que mi madre ha muerto ¿qué pasa con ese poder notarial? ¿Los convierte en albaceas? Ellos so herederos, al igual que yo, y el testamento no nombra albacea. Gracias.