Mi pregunta es la siguiente:
Se estipuló en convenio colectivo una cantidad mensual ni compensable ni absorvible en concepto de plus transporte. Una situación de Baja por Maternidad, debé cobrar este concepto?
Muchas gracias.
El plus de transporteno forma parte del salario del trabajador. Es una cantidad que puede ser fija al mes o por día trabajado y que sirve de ayuda a los gastos de desplazamiento que haga el trabajador a su centro de trabajo. Por este motivo no forma parte de la bae de cotizacion y el INSS enb la baja de maternidad te va a abonar el 100% de la base de cotizacion.