El otro día tuve una vista, no acudieron dos testigos y se iba a intentar dar con ellos para continuar la vista (el resto se había celebrado ya).
Al final parece que era un poco dificil encontrarles (extranjero etc) así que renuncié a la prueba solicitando que el Juzgado de un plazo a ambas partes para aportar las conclusiones por escrito.
El Juzgado contestó que se interpusiesen las conclusiones a la mayor brevedad posible.
Ante esta indeterminación me pregunto si hay algún plazo legal que no encuentro y que me pudiesen oponer de contrario si tardo demasiado o si me puedo tomar mi tiempo dado que son varios los dvds puesto que era un juicio muy muy extenso y tengo la agenda llenisima con varios juicios.
Las conclusiones deben evacuarse durante la vista, por ello no esta previsto plazo fuera de la vista. Este es un caso excepcional al haber renuncia a pruebas solicitadas como diligencias finales entiendo.
Lo mejor en consultar con el secretario/a judicial para no pecar de abusivo.