tiene razon. quizas debo hacer un escrito pidiendo reapertura de las diligencias previas (tambien tengo algunas pruebas nuevas). ¿puedo interponer yo solo el escrito pidiendo reapertura de las diligencias?
El plazo comenzará a contar desde la notificación del sobreseimiento.
No obstante, si se denunciaba una sustracción, hurto o similar y ha habido sobreseimiento, quizás no ha quedado claro el tema de la propiedad de los bienes, que será lo primero que habrá que determinar; por lo que no te puedo indicar plazo alguno.
es tras una denuncia penal que acabo en "sobreseimiento provisional (sin delito) con reserva de acciones civiles". se denunciaba a una persona conocida por sustraer unos bienes. se trataria de una accion civil para obligarla que restitue el valor de los bienes sustraidos y que compense las perdidas generadas por no poder hacer uso de estos bienes.
¿cual es el plazo maximo para poder iniciar acciones civiles? ¿el plazo se calcula desde la fecha cuando ocurieron los hechos, o desde la fecha cuando la juez decreto el sobreseimiento provisional (sin delito) de las actuaciones (diligencias previas), con reserva de acciones civiles?