Puedes reclamarla, sí. Ya será la otra parte (los otros herederos) los que argumenten o no si a su entender el plazo ha caducado, además de tener que probar tú que la causa era injusta.
Pues eso, ¿el plazo en Cataluña para solicitar una nulidad de desheredación es 4 años sí o si o hay alguna excepción?.
¿Qué significa "La posibilidad de anulación caduca a los 4 años desde que la persona capacitada para ello conoce la causa de nulidad"?
Soy la persona desheredada y me he enterado ahora de la causa de desheredación, aunque hace bastante más de 4 años del fallecimiento de mis padres hasta el día de ayer no he tenido acceso a una copia del testamento ¿Puedo reclamar la nulidad o no?
Gracias