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piso protección oficial

1 Comentarios
 
Piso protección oficial
26/01/2011 07:58
Estoy casada en segundas nupcias. Vivimos en un piso propiedad mía; tenemos separación de bienes y testamento cada uno para sus hijos, de anteriores matrimonios de ambos.
Mi marido y su ex vendieron la casa que tenían al ser los hijos mayores e independientes.
¿Puede mi marido optar a un piso de protección, ya que vive en vivienda de mi propiedad? Si fallezco, ¿puede perjudicar a mi hijo que es el heredero?. El ha guardado lo que le dieron por la mitad del piso que tenia con su ex-mujer. ¿Qué me aconsejan que haga para proteger a mi hijo ante un posible fallecimento mío? ¿ Cuánto tiempo podría mi marido estar en la casa de mi propiedad si fallezco? ¿Debería adquirir mi marido un piso solo de su propiedad? Como ha ayudado a arreglos necesarios en la vivienda en la que vivimos (baños, etc...) : ¿puede exigir algo del piso si muero? GRACIAS A TODOS.
26/01/2011 15:25
Debiera ir a notaría y hacer testamento e informarse allí mismo. Dependiendo de donde resida, puede ser aplicable el derecho foral o costumbre del lugar, o el código civil.

Hacer testamento abierto de los habituales no llega a 60 euros.