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Permiso parental

2 Comentarios
 
26/08/2024 13:00
Tenga en cuenta además que la empresa debe comunicar un certificado de empresa y en este certificado debe coincidir las fechas indicadas por la empresa con las fechas indicadas por el progenitor.
Por lo tanto, si conoce las fechas, lo suyo es informarlas cuanto antes a la empresa (para que pueda tramitar su parte y además pueda organizarse).
Si no tiene aún establecidas las fechas, lo suyo es comunicar el primer periodo haciéndolo coincidir con las 6 semanas obligatorias y acabar de cuadrarlo todo posteriormente.
25/08/2024 20:27
masivo
Hola. Las seis primeras semanas después del parto son obligatorias, de tal manera que si no se disfrutan ya no se pueden disfrutar las demás.
Te envío el enlace de la seguridad social :
https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/6b96a085-4dc0-47af-b2cb-97e00716791e/0b5879ed-1156-4676-b38c-7229dcba9c49/descansoet
Abre el apartado de descanso en relación al Estatuto de los Trabajadores
Respecto a la empresa , siempre es conveniente avisar cuanto antes, una vez ya decidido por tí los períodos de disfrute, a fin de mantener una buena relación.
Saludos
Permiso parental
15/08/2024 17:39
hola. Para acogerse a este permiso es obligatorio anunciar a la empresa desde el principio la duración del mismo?